PRESENTACIÓN
Como Director del Centro de Investigación en Estudios de Iberoamérica (CEIB) me es grato presentar esta página cuya finalidad principal es ofrecer información en torno a los objetivos y actividades del Centro y, en el fondo, contribuir desde éste a difundir la iberoamericaneidad en todos sus aspectos y dimensiones, favoreciendo la reflexión científica y propiciando las relaciones en el espacio iberoamericano.
Quienes trabajamos en el Centro estamos convencidos de que, de manera paulatina, se irán alcanzando los objetivos que nos hemos propuesto pero, sobre todo, somos conscientes de que los fundamentos de nuestra acción, académica, docente e investigadora, son los siguientes:
En primer lugar, la afirmación y consolidación de la identidad iberoamericana en el plano internacional, en nuestro caso mediante la realización de estudios, análisis e informes relativos a la realidad iberoamericana en todas sus dimensiones.
En segundo lugar, fomentar y favorecer el intercambio en el Espacio Iberoamericano de Educación Superior, destinando los esfuerzos a la cooperación en el desarrollo de cursos, seminarios y actividades docentes y de investigación que se centren en la realidad iberoamericana.
Por último, situar nuestra acción en el marco de los principios que inspiran y orientan a la Comunidad Iberoamericana de Naciones, en particular, a través de las posiciones asumidas en el seno de la Conferencia Iberoamericana. Desde esta perspectiva, la vigencia del derecho internacional, la afirmación de la democracia y el respeto de los derechos humanos, así como el desarrollo económico y social de la región iberoamericana han de ser los criterios en los que se fundamente la acción del Centro de Investigación en Estudios de Iberoamérica.
CÁSTOR MIGUEL DÍAZ BARRADO
CURSO SOBRE AFRODESCENDIENTES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE - Historia, derechos, desafios actuales -
Instituto de Estudios Internacionales y Europeos "Francisco de Vitoria. Universidad Carlos III con la Colaboración: Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)
CONGRESO INTERNACIONAL "LA SEGURIDAD INTERNACIONAL EN LA ENCRUCIJADA: AFGANISTÁN Y UCRANIA", 19 de octubre, Seminario 027(40). Departamental I. CAMPUS DE FUENLABRADA, HORA: 9.00h-14h/16h-19h (8 HORAS LECTIVAS). SE RECONOCERÁN 0.4 CRÉDITOS (ECTS) A LOS ALUMNOS DE LA URJC
INSCRIPCIONES
SEMINARIO: 17 y 18 de octubre de 2023, Campus de Fuenlabrada, URJC (Salón de Grados, Edificio Departamental) LA SEGURIDAD DE ESPAÑA Y LA GUERRA DE UCRANIA: LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL COMO RESPUESTA A AMENAZAS REALES
INSCRIPCIONES
Programa Internacional de Estudios y Prácticas "A Magical Opportunity" con la Universidad de California, Riverside, y Walt Disney World Resort, Florida, USA, para el alumnado de grado en Turismo, Economía, Empresa, Marketing, Publicidad y Relaciones Públicas, Periodismo, Comunicación Audiovisual, Comunicación Digital, Relaciones Internacionales, Protocolo y Relaciones Laborales y Recursos Humanos (del 22 de junio 2025 al 8 de enero de 2026).
Posibilidad de reconocimiento de las prácticas y RAC (y en algún caso una asignatura adicional).
|
Plazo de solicitud: Del 6 al 19 de febrero de 2025
Los estudiantes deberán rellenar dentro del plazo establecido, el siguiente formulario electrónico
La Presentación inicial del Programa tendrá lugar el día 10 de febrero de 2025 a cargo de la Universidad de California, Riverside en:
El alumnado pre-seleccionado por la Universidad de California Riverside (UCR) deberá asistir obligatoriamente a la presentación final del Programa y realizar las entrevistas con los representantes de la Universidad de CaliforniaRiverside, el martes día 11 de marzo 2025, a las 10h, en el Aula Magna del Aulario III del Campus de Móstoles. Posteriormente, los que superen la fase de entrevistas de UCR recibirán correos electrónicos por parte de Disney para cumplimentar una solicitud on-line y conseguir cita para la entrevista final online de Disney.
La selección final de candidatos corre a cargo de los representantes de UCR y Disney. En caso de ser seleccionado, el candidato debe confirmar su deseo de participar pagando una tarifa y entonces se inician los trámites de la VISA-J.
Para más información del programa Internacional de Disney consultar
Información y contacto URJC:
Soledad Carretero
Servicio de Relaciones Internacionales
Universidad Rey Juan Carlos
Despacho 109, 1ª planta, Rectorado - Móstoles
C/ Tulipán, S/n, 28933 - Madrid - España
Teléfono: +34 914887071 (ext. 7071)
La Universidad Rey Juan Carlos, consciente de la importancia de la formación en idiomas en el mundo actual, incorpora en todos sus títulos de Grado la asignatura de 6 créditos denominada “Idioma Moderno”.
El objetivo fundamental del curso para la asignatura de “Idioma Moderno” es proporcionar a los estudiantes de las nuevas titulaciones de grado la preparación necesaria para superar un examen oficial: TOEIC para inglés, TFI para francés, CILS para italiano y Zertifikat Deutsch para alemán.
Cuestiones básicas:
Pulse en las pestañas "guía docente y preguntas frecuentes" para conocer todos los aspectos relativos a la asignatura.
AVISO IMPORTANTE: A partir del 1 de enero de 2024 los estudiantes de cualquier titulación que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas cotizarán a la Seguridad Social. Más información.
Las prácticas externas son actividades formativas realizadas por los estudiantes de Grado y Máster de la Universidad Rey Juan Carlos en empresas, instituciones u organismos de carácter público o privado.
La gestión de las prácticas externas de Grado y de Máster Oficial es competencia de la Unidad de Prácticas Externas, y se rige por el Reglamento de Prácticas Externas.
Para la gestión de prácticas internacionales, la Unidad de Prácticas Externas colabora con la oficina de Relaciones Internacionales.
Los estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad o necesidad educativa especial pueden contactar, si lo desean, con la Unidad de Atención a Personas con Discapacidad y Necesidades Educativas Especiales, que ofrece su apoyo a entidades y a estudiantes para el desarrollo satisfactorio de las prácticas, bajo el prisma de igualdad de oportunidades. Más información en este enlace.
EXCEPCIONES: La Unidad de Prácticas Externas no gestiona las prácticas docentes de los Grados en Educación Infantil (ver manual específico) y en Educación Primaria (ver manual específico), ni del Máster en Formación del Profesorado. Asimismo, no es aplicable el Reglamento de Prácticas Externas a las prácticas de carácter clínico, como las recogidas en los planes de estudio de Grado en Enfermería, Farmacia, Fisioterapia, Medicina, Odontología, Psicología y Terapia Ocupacional.
Los estudiantes pueden realizar dos modalidades de prácticas externas, curriculares y extracurriculares. Las prácticas externas curriculares son aquellas evaluables, que se incluyen como obligatorias en el plan de estudios de la titulación que curse el estudiante. Se considerarán curriculares las primeras prácticas realizadas. Por lo tanto, las prácticas externas extracurriculares son aquellas que, posteriormente, los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario hasta finalizar su titulación.
Los estudiantes pueden proponer la realización de prácticas que hayan encontrado por medios ajenos a la URJC. La entidad interesada deberá gestionar las prácticas a través de la plataforma de la Universidad. Más información en este enlace.
La Universidad pone a disposición de sus estudiantes una plataforma de ofertas a través de la que puede participar en numerosos procesos de selección por parte de las entidades colaboradoras del programa de Prácticas Externas.
Acceso a la aplicación (exclusivo estudiantes)
Guía de uso para estudiantes
Reglamento de Prácticas Externas | Entidades colaboradoras (+ 9.000 convenios firmados) | Manual de Evaluación Prácticas Externas
Información y contacto
Sesiones informativas sobre Prácticas Externas
Unidad de Prácticas Externas: Buzón de Consultas: Grado Máster
Localización: Rectorado – Delegación Madrid. C/ Quintana, 2 – 3ª planta, 28008 Madrid
Horario de atención presencial: Mañanas: Lunes a viernes: 10:00 - 14:00 horas
La Universidad Rey Juan Carlos promueve la colaboración del tejido empresarial y productivo, favoreciendo la colaboración de empresas e instituciones en la investigación y la formación a través de las cátedras de empresa. Además, fomenta la transferencia de conocimiento y la innovación, y ofrece la posibilidad de trabajar en colaboración con los investigadores de la Universidad para buscar soluciones innovadoras.
Más información en investigación.
Acceso a la plataforma de preinscripción para el curso 2024/25 (Del 7 al 28 de junio de 2024)
INFORMACIÓN RELACIONADA
Calendario de preinscripción 2025-26
Oferta de titulaciones 2024-25
Centros adscritos a la Universidad Rey Juan Carlos
Anulación de solicitud de admisión (presentación a través de registro electrónico)
Podrán solicitar admisión por esta vía los estudiantes que hayan superado la prueba para mayores de 45 años en la Universidad Rey Juan Carlos.
Se reservará un 1% del total de las plazas ofertadas.
Solo podrán solicitar admisión en la fase ordinaria de preinscripción.
Documentación a aportar
La documentación deberá adjuntarse telemáticamente. Durante el curso académico, se solicitará la presentación física de la documentación que no pueda ser comprobada como válida digitalmente.
No se admitirán documentos provisionales, borradores o sin validez legal.
ADMITIDOS (17 de julio a partir de las 12:00 horas)
RECLAMACIÓN CONTRA LA NO ADMISIÓN POR CAMBIO (17 y 18 de julio)
Aquellos estudiantes que deseen solicitar plaza en aquellas titulaciones que no se ofertan por Traslado para el curso deberán solicitarlo vía preinscripción.
Directrices de la Universidad Rey Juan Carlos para la Convalidación Parcial de Estudios Universitarios Extranjeros
Fechas para solicitar la Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros para el curso 2025/2026
Plazo de solicitudes: del 3 de marzo al 30 de abril de 2025. Ambos inclusive.
Dirección de correo electrónico para consultas de admisión por convalidación parcial de estudios extranjeros
Plataforma de solicitud de admisión por convalidación parcial de estudios extranjeros
Guía de procedimiento de presentación de solicitudes por la plataforma
Fechas de matrícula: del 8 al 10 de septiembre de 2025 podrán realizar la matrícula en la secretaría de alumnos de la facultad correspondiente los estudiantes que hubieran resultado admitidos por convalidación parcial de estudios extranjeros.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En cumplimiento de la normativa vigente, y ante la creciente movilidad de los estudiantes, ya existente con anterioridad pero que ha sufrido un aumento importante tras la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior, se ve necesario actualizar la reglamentación de un tipo de acceso cada vez con más solicitudes, como es el acceso por Convalidación Parcial de estudios Extranjeros.
Debido a la implantación progresiva de las titulaciones de Grado en la Universidad Rey Juan Carlos, sólo será efectiva la Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros para aquellas titulaciones, para aquellos cursos y para aquellas asignaturas que estén implantadas en ese curso académico de la resolución de admisión.
Teniendo en cuenta la legislación vigente, se encuentra necesario, desde la Universidad Rey Juan Carlos realizar las siguientes Directrices para la Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros.
LEGISLACIÓN APLICABLE
Para el desarrollo de estas Directrices se tiene que tener en cuenta la siguiente normativa:
Art.1- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes directrices serán de aplicación para las solicitudes de admisión solicitadas a través de Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros por estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales, o totales que no hayan obtenido la homologación de su título en España.
Art. 2- REQUISITOS
2.1.- Los estudiantes estarán en disposición de solicitar Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
2.2.- Los estudiantes podrán solicitar Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros en la Universidad Rey Juan Carlos para las Titulaciones de Grado, sabiendo que, debido a la implantación progresiva de las mismas, ni todos los cursos, ni todas las asignaturas del plan pueden estar activadas hasta la implantación total de la titulación.
2.3.- Únicamente se podrán reconocer/convalidar las asignaturas superadas por el estudiante siempre que el contenido y la carga lectiva sean equivalentes a las correspondientes asignaturas incluidas en un plan de estudios conducente a la obtención de un título oficial al que pretende acceder.
2.4.- Las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios extranjeros, parciales o completos, se resolverán por el Rector de la Universidad de acuerdo con las siguientes reglas:
2.5.- Para la homologación de estudios preuniversitarios y de bachillerato, los estudiantes deberán dirigirse al Ministerio de Educación.
Art. 3- PROCEDIMIENTO
3.1.- Los interesados solicitarán la admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros, en el plazo establecido, a través de la plataforma informática de solicitud de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros, de acuerdo con lo establecido en estas directrices.
3.2.- Revisada por el Vicerrectorado de Estudiantes la documentación presentada por el interesado en su solicitud de acceso a grado por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros, y estando completa la misma, desde el ámbito de la Facultad o de la Escuela correspondiente a la que pertenezca la titulación solicitada se propondrá qué asignaturas, de las incluidas en su solicitud, son susceptibles de convalidación y cuáles no.
En caso de falta de documentación, se le solicitará la misma al interesado, teniendo un plazo de 15 días para subsanar los errores y las faltas de documentación apreciados. Si en el plazo establecido no se presenta la documentación solicitada, se entenderá como desistida por el interesado la solicitud de acceso a grado por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros.
3.3.- La Facultad o Escuela correspondiente propondrá las posibles convalidaciones de asignaturas antes del 15 de junio.
3.4.- En el caso de resultar admitido en el grado solicitado, el estudiante tendrá que dirigirse, en las fechas establecidas para ello, a la Secretaría de Alumnos de la Facultad o Escuela en la que se imparta la titulación en la que ha sido admitido para formalizar la matrícula aportando en ese momento original y fotocopia de los siguientes documentos:
Una vez que el estudiante haya realizado la matrícula deberá abonar las tasas que, en concepto de estudio de las solicitudes de convalidación de los estudios realizados en centros extranjeros y de la convalidación de asignaturas, establezca para el curso académico 2025-26 el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, mediante el Decreto correspondiente por el que se fijen los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid.
3.5.- En el caso de no cumplir alguno de los requisitos legalmente establecidos, o no tener convalidados/reconocidos el número mínimo de créditos fijado por la normativa vigente o no haber resultado adjudicatario de una plaza en el grado solicitado, el estudiante recibirá una resolución negativa.
En este caso podrá ejercer su derecho a la reclamación según lo establecido en la resolución recibida, ante el Vicerrectorado de Estudiantes.
Art. 4- PLAZOS
4.1.- El plazo de presentación de solicitudes de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros será establecido por la Universidad Rey Juan Carlos para cada curso académico, y publicado a través de la página Web de la universidad una vez aprobado el mismo.
4.2.- La Solicitud de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros será previa a la matrícula, ya que la resolución favorable de la misma es la que da acceso a los estudios solicitados.
4.3.- La resolución favorable de la solicitud de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros quedará sin efecto si el interesado no formaliza la matrícula en el curso académico en el que le fue concedida, o en el siguiente curso académico inmediatamente posterior.
Art.5- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
5.1.- Todos los documentos que se presenten deberán ser oficiales, expedidos por una autoridad competente y legalizados por vía diplomática, en las Embajadas o Consulados de España existentes en cada país de donde procedan los documentos, y con el visto bueno del Ministerio de Asuntos Exteriores de España (no será preciso el visto bueno de Ministerio de Asuntos Exteriores de España en los documentos debidamente legalizados que tengan incorporada la etiqueta transparente de seguridad sobre la última firma de legalización). Se acompañará, en su caso, de su traducción al español realizada por un Traductor Jurado o por un Representante Diplomático.
No necesitarán el visto bueno del Ministerio de Asuntos Exteriores de España los documentos que habiendo sido expedidos en países que han suscrito el Convenio Andrés Bello (Bolivia, Colombia, Chile, Cuba, Ecuador, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela) hubieran sido legalizados por vía diplomática con fecha anterior al 10 de junio de 2013..
No es necesaria la legalización para los documentos expedidos en países de la Unión Europea y espacio Económico Europeo, ni los documentos que estén sellados con la “APOSTILLE” (Convenio de La Haya).
5.2.- La documentación a presentar por el interesado, en su solicitud telemática a través de la plataforma informática de solicitud de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros, es la siguiente:
5.3.- Para grados impartidos en idioma español, los estudiantes con nacionalidad de países no hispanohablantes que además procedan del sistema educativo de un país cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar un nivel B2 en español mediante el certificado correspondiente expedido por una de las entidades autorizadas (dicho certificado acreditativo de nivel de idioma español deberá ubicarse en la plataforma de solicitud en el apartado “Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico” en un único archivo junto con el documento de Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico).
Para grados impartidos en inglés será necesario acreditar un nivel mínimo B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), mediante el certificado correspondiente expedido por una de las entidades autorizadas (dicho certificado acreditativo de nivel de idioma inglés deberá ubicarse en la plataforma de solicitud en el apartado “Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico” en un único archivo junto con el documento de Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico)
Art. 6- RESOLUCIÓN
6.1.- Finalizada la fase de propuesta de asignaturas susceptibles de convalidación desde las Facultades o Escuelas correspondientes, el Vicerrectorado de Estudiantes determinará si cada solicitud concreta de admisión a grado por convalidación parcial de estudios extranjeros cumple o no los requisitos para ser adjudicataria de alguna de las plazas disponibles.
6.2.- El Rector emitirá una carta de aceptación o denegación de la solicitud de admisión a grado por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros que será remitida al interesado.
6.3.- Los interesados podrán formular las reclamaciones que estimen oportunas ante el Vicerrectorado de Estudiantes.
DISPOSICION TRANSITORIA
Teniendo en cuenta la progresiva implantación de los Grados en la Universidad Rey Juan Carlos, los estudiantes que accedan a estos estudios sólo podrán matricular las asignaturas que estén ofertadas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Las presentes directrices, y los actos administrativos derivados de su aplicación podrán ser impugnados en los plazos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015.
DIRECTRICES DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PREVIOS A LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS (Aprobadas por Consejo de Gobierno de fecha 27 de mayo de 2011)
Fechas para solicitar admisión para Requisitos Formativos Complementarios previos a la homologación de Títulos extranjeros en el curso 2025/2026
Plazo de solicitudes: del 3 de marzo al 30 de abril de 2025. Ambos inclusive.
Impreso de Preinscripción (imprimir y cumplimentar 2 copias)
El impreso de preinscripción así como el resto de la documentación, la puede entregar por medio de la sede electrónica de la URJC -dirigido al Servicio de Gestión Académica de Estudiantes de Grado -, o bien en cualquiera de los registros de la URJC
Dirección de correo electrónico para consultas de admisión para Requisitos Formativos Complementarios (homologación títulos extranjeros)
Fechas de matrícula: del 8 al 10 de septiembre de 2025 podrán realizar la matrícula en la secretaría de alumnos del campus correspondiente los estudiantes que hubieran resultado admitidos para realizar los requisitos formativos complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En cumplimiento de la normativa vigente, y ante la creciente movilidad de los estudiantes que ha sufrido un aumento importante tras la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior, se ve necesario actualizar las Directrices para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios previos a la Homologación de títulos Extranjeros.
Debido a la implantación progresiva de las titulaciones de Grado, y la paulatina extinción de las titulaciones de Primer y Segundo Ciclo en la Universidad Rey Juan Carlos, sólo se podrá admitir a los estudiantes para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios en aquellas titulaciones de Grado que estén implantadas en su totalidad, y en aquellas titulaciones de primer y Segundo Ciclo que no se hayan extinguido, según la normativa vigente.
LEGISLACIÓN APLICABLE
Para el desarrollo de estas Directrices se tiene que tener en cuenta la siguiente normativa:
Art. 1 – ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes directrices serán de aplicación para las solicitudes de estudiantes con estudios universitarios extranjeros totales que, tras solicitar la homologación de su título en el Ministerio de Educación de España, tienen que realizar unos Requisitos Formativos Complementarios.
Art. 2 – PROCEDIMIENTO
2.1.- En el caso de que un estudiante tenga totalmente superados sus estudios universitarios en una universidad de un país extranjero, y quiera homologar su título de educación superior para que éste tenga validez en todo el territorio español, ha de solicitar la homologación al Ministerio de Educación (Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones).
2.2.- Si la homologación del título extranjero de educación superior ha quedado condicionada a la superación de unos Requisitos Formativos Complementarios, y el título oficial español que se pretende homologar es alguno de los que se imparten en la Universidad Rey Juan Carlos, el interesado presentará, en los plazos establecidos, junto con toda la documentación necesaria, la solicitud de admisión correspondiente a través del Registro General o a través de los registros Auxiliares de la Universidad Rey Juan Carlos, de acuerdo con lo establecido en estas directrices.
El plazo de presentación de solicitudes será establecido por la Universidad Rey Juan Carlos para cada curso académico, y publicado en la página Web.
2.3.- Si se trata de una titulación de primer y Segundo Ciclo no debe estar extinguida en su totalidad, y si se trata de una titulación de Grado debe estar totalmente implantada.
2.4.- Una vez recibida y estudiada la solicitud del estudiante para la realización de estos Requisitos Formativos Complementarios, el solicitante recibirá la resolución correspondiente en la que se comunicará si está o no admitido.
2.5.- En el caso de estar admitido, el estudiante tendrá que realizar la matrícula en la secretaría de alumnos del campus en el que se impartan los estudios de los cuales tiene que realizar los Requisitos Formativos Complementarios, y abonar las tasas correspondientes.
2.6.- Una vez realizada la matrícula, el estudiante se dirigirá al Decanato de la Facultad o a la Dirección de la Escuela para que le informen de la composición del Tribunal Calificador, y le faciliten las pautas para poder presentarse a la prueba correspondiente para superar estos Requisitos Formativos Complementarios.
2.7.- Cuando las calificaciones sean firmes, el Vicerrectorado de Estudiantes enviará al Ministerio de Educación, para su incorporación a los respectivos expedientes, el acta de calificaciones de cada uno de los aspirantes evaluados, una vez hayan superado la totalidad de las materias objeto de los requisitos formativos complementarios, y con los resultados obtenidos.
Art. 3 – RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.1.- Finalizadas las pruebas de los Requisitos Formativos Complementarios, el Tribunal Calificador presentará en la secretaría de alumnos del campus correspondiente el acta de calificación de los estudiantes matriculados, firmada por todos los miembros del mismo, con los resultados obtenidos con la calificación de “apto” o “no apto”.
3.2.- La Facultad o Escuela comunicará la calificación obtenida a los interesados, y la calificación final de “apto” o “no apto” en los Requisitos Formativos Complementarios.
3.3.- En el supuesto de que la prueba no sea superada, o sólo sea superada parcialmente, el interesado podrá completar la total superación de la misma en sucesivas convocatorias. No obstante una vez agotadas las convocatorias anuales, el estudiante podrá presentarse en posteriores cursos académicos volviendo a realizar los trámites establecidos en estas directrices.
En cuestión de matrícula, convocatorias y permanencia, el estudiante se tendrá que regir por lo establecido en la normativa vigente, tanto la normativa general, como la propia de la Universidad Rey Juan Carlos.
3.4.- Una vez publicada el acta, los interesados podrán solicitar un certificado individual que acredite el resultado de las pruebas, previo pago de los correspondientes precios públicos.
Art. 4 – RECLAMACIONES
4.1.- En el caso de no ser admitido para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios, el estudiante podrá presentar la reclamación correspondiente ante el Vicerrectorado de Estudiantes, en el plazo establecido en la carta de resolución a su petición.
4.2.- El estudiante que realice la prueba correspondiente a los Requisitos Formativos Complementarios, una vez le sean comunicadas las calificaciones, podrá formular las reclamaciones que estimen oportunas, aplicándose al respecto el procedimiento de revisión y reclamación de la Universidad Rey Juan Carlos, con las adaptaciones que sean precisas dada la especificidad de estas pruebas.
Art. 5 – ESTRUCTURA DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS
5.1.- Cada año la Universidad Rey Juan Carlos establecerá cuales de los Requisitos Formativos Complementarios establecido por el Ministerio de Educación realizará.
5.2.- Los Requisitos Formativos Complementarios versarán sobre la totalidad de las asignaturas en las que se organicen las materias troncales establecidas en los Reales Decretos reguladores de las directrices generales propias de los planes de estudios de cada título universitario al que se solicite la homologación.
5.3.- La fecha y lugar para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios serán fijadas por el centro correspondiente.
5.4.- Los diferentes Centros de la Universidad Rey Juan Carlos deberán tener disponible los programas objeto de realización de requisitos formativos complementarios.
5.5.- Quienes hayan realizado Requisitos Formativos Complementarios en otra Universidad, y deseen presentarse en la Universidad Rey Juan Carlos, deberán presentar por escrito la solicitud correspondiente, indicando que han realizado Requisitos Formativos Complementarios en otra Universidad.
Una vez autorizado el acceso solicitarán de la Universidad de origen la remisión de su expediente a la Universidad Rey Juan Carlos, al Servicio de Gestión Académica de Estudiantes de Grado, en el que se indicará como mínimo las materias superadas en la universidad de procedencia, con indicación de las convocatorias agotadas, así como la Resolución del Ministerio que condiciona su homologación a la superación de estos Requisitos Formativos Complementarios.
Art. 6 – PLAZOS
6.1.- El plazo de presentación de solicitudes de la admisión para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios será establecido por la Universidad Rey Juan Carlos para cada curso académico, y publicado a través de la página Web de la universidad una vez aprobado el mismo.
6.2.- La resolución favorable de admisión para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios quedará sin efecto si el interesado no formaliza la matrícula en el curso académico en el que le fue concedida.
6.3.- Quienes no presenten los documentos requeridos, en las condiciones, forma y plazos establecidos serán excluidos de la convocatoria para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios.
Art. 7 – DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
7.1.- La documentación a presentar por el interesado es la siguiente:
7.2.- Para los estudiantes que no sean nacionales de Estados que tengan como lengua oficial el castellano, la Universidad Rey Juan Carlos podrá establecer la prueba de idioma que consideren oportuna.
Art. 8- TRIBUNAL CALIFICADOR
8.1.- Al comienzo de cada curso académico el Decano de cada Facultad o el Director de cada Escuela de la Universidad Rey Juan Carlos deberá nombrar un Tribunal Calificador.
8.2.- El Tribunal Calificador estará constituido por cinco docentes numerarios que pertenezcan a aquellas áreas de conocimiento con las que se encuentren vinculadas las materias del título solicitado. Siempre que sea posible, cada uno de los miembros pertenecerá a un área diferente. En todo caso, y como máximo, podrá haber dos miembros de la misma área de conocimiento en el Tribunal.
8.3.- Para que el Tribunal Calificador actúe válidamente deberán estar presentes al menos tres de sus miembros, siendo uno de ellos el Presidente.
8.4.- Las decisiones del Tribunal Calificador se adoptarán por mayoría simple.
8.5.- El Tribunal Calificador comunicará al Decanato de la Facultad o a la Dirección de la Escuela la resolución adoptada por el Tribunal Calificador, y los resultados de cada uno de los interesados, para que desde la Facultad o Escuela se informe a los interesados.
Así mismo, el Tribunal Calificador presentará, en la secretaría de alumnos del centro, el acta de calificación de los estudiantes matriculados en los Requisitos Formativos Complementarios, firmada por todos los miembros, con el resultado y la calificación de “apto” o “no apto”.
DISPOSICIONES ADICIONALES
La presente resolución y los actos administrativos derivados de su aplicación podrán ser impugnados en los plazos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos
Legislación Aplicable