• 1

Precios públicos de servicios académicos universitarios. Curso 2023/2024

Es responsabilidad del alumno estar informado de todos los procesos de preinscripción, de matriculación y de toda la normativa de la Universidad Rey Juan Carlos.

Precios Públicos de estudios de grados

DECRETO 43/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno,, por el que se establecen los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la universidades públicas de la Comunidad de Madrid.

En las Dobles Titulaciones con distinto grado de experimentalidad se aplicará la media aritmética del precio de los títulos que componen dicha Doble Titulación,en todas las asignaturas, tal y como establece el Decreto 43/202, de 29 de junio

(1) ESTUDIOS DE GRADO PRECIO POR CRÉDITO
1º Matrícula 2º Matrícula 3º Matrícula 4º Matrícula sucesivas
1

Ver grados

20,68 48,03 98,75 136,44
2

Ver grados

19,43 45,25 92,86 128,57
3

Ver grados

16,92 40,02 82,30 113,71

 

RESTO DE PRECIOS PÚBLICOS

 

Estudio de solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos y de convalidación (centros extranjeros) 

70,00

Estudio de solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos y de convalidación (centros españoles)

35,00

Apertura de expediente académico

27,54

Traslados de expediente

27,54

Gastos de secretaría

6,11

Seguro escolar

1,12

 

Precios públicos y formas de pago de estudios de máster universitario

DECRETO 43/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno,, por el que se establecen los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en la universidades públicas de la Comunidad de Madrid.

ENSEÑANZAS DE MÁSTER QUE HABILITAN PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES PROFESIONALES REGULADAS EN ESPAÑA Y SIMILARES

PRECIO POR CRÉDITO

1ª Matrícula

2ª Matrícula

3ª Matrícula

4ª Matrícula y sucesivas y estudiantes extracomunitarios no residentes *

Máster Universitario en Abogacía

16,92 €

42,00 €

91,00 €

126,00 €

Máster Universitario en Arquitectura

19,43 €

51,75 €

111,80 €

154,80 €

Máster Universitario en Formación del Profesorado de

Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación

Profesional y Enseñanza de Idiomas

16,92 €

42,00 €

91,00 €

126,00 €

Máster Universitario en Ingeniería de Telecomunicación

19,43 €

51,75 €

111,80 €

154,80 €

Máster Universitario en Ingeniería Química (con la UAM)

19,43 €

51,75 €

111,80 €

154,80 €

Máster Universitario en Ingeniería Informática

19,43 €

51,75 €

111,80 €

154,80 €

Máster Universitario en Ingeniería Industrial

19,43 €

51,75 €

111,80 €

154,80 €

Máster Universitario en Psicología General Sanitaria

20,68 €

56,75 €

122,21 €

169,21 €

 

 PRECIOS PÚBLICOS DE LAS RESTANTES ENSEÑANZAS DE MÁSTER

PRECIO POR CRÉDITO

1º Matrícula

2º Matrícula

3ª Matrícula y sucesivas

 y estudiantes extracomunitarios, no residentes *

Estudiantes Residentes

45,02 €

71,88 €

84,07 €

 

MÁSTERES ESPECIALES NO HABILITANTES CON PRECIOS SINGULARIZADOS

PRECIO POR CRÉDITO

1º Matrícula

2º Matrícula y sucesivas

Precios estudiantes extracomunitarios,

 no residentes*

Máster Universitario en Oncología Molecular

125,00 €

187,50 €

187,50 €

La autorización de estancia concedida a los estudiantes extranjeros de acuerdo con el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, no equivaldrá a la condición de residentes’’.

 

OTROS PRECIOS PÚBLICOS

Apertura de expediente académico

27,54 €

Gastos de secretaría

6,11 €

Seguro escolar

1,12 €

Estudio de solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos y de convalidación (centros españoles)

35,00 €

Estudio de solicitudes de reconocimiento y transferencia de créditos y de convalidación (centros extranjeros) 

70,00 €

Expedición de Título Oficial de Máster Universitario

176, 27€

 **A la hora de realizar su matrícula de Máster Universitario, se aplicarán lo precios aprobados en el Decreto vigente del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por que se establece los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las universidades públicas de esta Comunidad Autónoma. Si posteriormente estos precios fueran modificados por la aprobación de un nuevo Decreto que afectara al curso matriculado, la universidad procederá a realizar los ajustes oportunos en los precios aplicados y a avisar al estudiantado de esta circunstancia. **

Formas de Pago de Matrícula Máster Universitario

Pago Único:

Pago en un único plazo a través de los siguientes medios a seleccionar en la automatrícula:

  1. Pago a través de Recibo bancario, durante los 10 días siguientes tras realizar la automatrícula, a través del Banco Santander CaixaBank en: cajeros automáticos, banca digital, o ventanilla (SOLO BANCO SANTANDER).
  1. Pago a través de Tarjeta bancaria, de crédito o de débito, a través de la pasarela de pagos (TPV virtual) que se habilitará[1] al finalizar el proceso de automatrícula.
  1. Flywire: sistema de pago desde el extranjero[2] que se habilitará [1] al finalizar el proceso de automatrícula.

Pago Fraccionado:

Siempre que el importe sea superior a 350 €.

Matricula

Plazos

Cuota

Fechas y forma de pago

Ordinaria:

Mayo y julio

1er. plazo

30%

-       Recibo Bancario: 10 días hábiles

-       Tarjeta Bancaria

-       Flywire - pagos desde el extranjero

7 plazos

10%

-       Pagos domiciliados en cuenta espacio SEPA[3]: de octubre el año en curso a abril del siguiente

Extraordinaria: Septiembre

1er. plazo

40%

-       Recibo Bancario: 10 días hábiles

-       Tarjeta Bancaria

-       Flywire - pagos desde el extranjero

6 plazos

10%

-       Pagos domiciliados en cuenta espacio SEPA3: de noviembre del año en curso a abril del siguiente

 

[1] ¡Importante!: El pago con tarjeta y el pago a través del sistema Flywire se habilitará únicamente tras la finalización del proceso de automatrícula; si abandonara el proceso, no podrá volver a reanudarlo, por lo que tendrá que solicitar que se le modifique la forma de pago a través de la plataforma de Modificación de Matrícula - Modificar forma de pago – en el campo OBSERVACIONES

[2] En países extracomunitarios con moneda distinta al euro, mediante los pagos disponibles en cada uno de los países, y pagos desde zona SEPA (con moneda euro) mediante transferencia bancaria.

[3] Será necesario entregar la Orden de Domiciliación (SEPA) cumplimentada y firmada por el titular de la cuenta, a través del Proceso de Sede Electrónica o a través de la plataforma de Modificación de Matricula

Exenciones de matrícula de titulaciones oficiales (Grado, Máster y Doctorado)

Tendrán validez las causas que se relacionan a continuación que estén en vigor en el momento de realizar la matrícula en los estudios correspondientes:


Familias Numerosas

Familias numerosas de categoría general*: se les aplicará un descuento del 50% tanto en los precios por prestación de servicios académicos como en los servicios de secretaría.

Familias numerosas de categoría especial*: no abonarán cantidad alguna ni por prestación de servicios académicos ni por servicios de secretaría.

En los dos casos deberán hacer efectivo el Seguro Escolar (los menores de 28 años).

*El cambio de categoría o la pérdida de la condición de miembro de familia numerosa durante el curso académico no tendrá efectos hasta la formalización de la matrícula del curso siguiente.

Documentación a entregar: original del título de familia numerosa o tarjeta individual.


Matrícula de Honor en la calificación final de 2º de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior

Tendrán derecho a la exención del pago de los precios públicos por crédito, por una sola vez, en el primer curso de enseñanzas de Grado, los estudiantes que inicien estudios universitarios y acrediten haber obtenido Matrícula de Honor en la calificación final de 2º curso de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior. La acreditación se realizará mediante certificación expedida por su centro de educación secundaria.


Matrícula de Honor en asignaturas de Grado y Máster Universitario

Los estudiantes que hayan obtenido Matrícula de Honor en alguna asignatura de grado tendrán derecho a una bonificación equivalente al precio en primera matrícula del número de créditos, de la que podrán beneficiarse exclusivamente en la matrícula formalizada en el curso académico inmediatamente posterior y en los mismos estudios.

También tendrán derecho a esta bonificación si se matriculan en un máster en el curso académico inmediatamente posterior o si obtienen esta calificación en asignaturas de titulaciones de Máster y siguen matriculados en estos estudios en el curso siguiente.

Documentación a entregar: solo si has obtenido la matrícula de honor en estudios de Grado en otra Universidad (en el curso inmediatamente posterior) y matriculas en estudios de Máster en la Universidad Rey Juan Carlos tendrás que aportar el certificado académico de dichos estudios


Premio extraordinario de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Superior

Tendrán derecho a la exención del pago de los precios públicos por crédito, por una sola vez, en el primer curso de enseñanzas de grado, los estudiantes que inicien estudios universitarios y acrediten haber obtenido el Premio Extraordinario de Bachillerato o Ciclo Formativo de grado superior. Tendrán que abonar los precios por servicios de secretaría y, si procede, la cuota del Seguro Escolar.


Medalla en olimpiadas académicas

Tendrán derecho a la exención del pago de los precios públicos por crédito, por una sola vez, en el primer curso de enseñanzas de grado, los estudiantes que inicien estudios universitarios y acrediten haber obtenido una medalla en olimpiadas académicas acreditadas de ámbito nacional o internacional. Tendrán que abonar los precios por servicios de secretaría y, si procede, la cuota del Seguro Escolar.


Estudiantes con Discapacidad

Los estudiantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, tendrán derecho a la exención total de los precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un título universitario y de los precios por servicios de secretaría. Los menores de 28 años tendrán que abonar la cuota del Seguro Escolar.

Documentación a entregar: resolución original o tarjeta acreditativa del grado de discapacidad emitida por el organismo español competente en el caso de que no se pueda comprobar directamente con otras administraciones.

Los/as pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, tendrán la consideración de personas con discapacidad con un grado equivalente al 33%. Igualmente, los/as pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio. En estos casos se acreditará mediante el dictamen de incapacidad y el certificado de pensiones del INSS cuando no se pueda comprobar directamente con dicho organismo.


Víctimas del terrorismo

Las víctimas de actos terroristas, sus cónyuges e hijos indicarán dicha condición al formalizar su matrícula y estarán exentas del pago de los precios establecidos para los estudios oficiales y de los precios por servicios de secretaría. Los menores de 28 años tendrán que abonar la cuota del Seguro Escolar.

Documentación a entregar: resolución administrativa de reconocimiento de la Subdirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior de España.


Víctimas de violencia de género

Podrán serán beneficiarias las víctimas de violencia de género, y sus hijos e hijas menores de 25 años, que no hayan obtenido beca del Ministerio por este mismo concepto. Deberán abonar el seguro escolar, si procede, teniendo exención completa de los precios de los estudios oficiales de los que se trate (Grado, Doble Grado, Máster o Doctorado).

Documentación a presentar: cualquiera de las recogidas en el artículo 31 (Título habilitante) de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género de la Comunidad de Madrid. Por motivos de protección y seguridad, la cita presencial para la presentación se solicitará en estos casos a la Unidad de Igualdad de la Universidad Rey Juan Carlos.


Ingreso mínimo vital

Los beneficiarios de la prestación del ingreso mínimo vital estarán exentos del pago de los precios públicos por servicios académicos universitarios para la realización de estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial en los términos de la disposición adicional séptima de la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital de 20 de diciembre, así como del pago de las tasas administrativas. Tendrán que abonar, si procede, la cuota del Seguro Escolar.

Documentación a entregar: resolución de la concesión de dicho ingreso.


Participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad, que hayan sufrido lesiones invalidantes

De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto-Ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a las personas participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad, quienes sufran lesiones invalidantes comprendidas en el ámbito de aplicación de este Real Decreto-ley, así como los hijos y cónyuges de los fallecidos, quedan exentas del pago de los precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un título universitario, así como del pago de las tasas administrativas.

Documentación a entregar: resolución administrativa por la que se haya reconocido la condición de haber sufrido lesiones invalidantes por ser participantes en esas operaciones.


Entrega de documentación:

La entrega de la documentación justificativa de las exenciones (a excepción de la de Víctima de Violencia de Género) tendrá que realizarla a través de la plataforma de Modificación de Matrícula – Módulo: solicitud modificación de datos y/o entrega de documentación

Tarifas de matrícula para alumnos extranjeros sin condición de residencia

Las universidades públicas de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el artículo 81.3 b) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en concreto la URJC, cobrará a los estudiantes extranjeros mayores de dieciocho años que no tengan la condición de residentes, excluidos los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y aquellos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario, en el caso de estudios de grado, los precios de cuarta matrícula.

A estos efectos, la autorización de estancia concedida a los estudiantes extranjeros de acuerdo  con el RD 557/2011, de 20 de abril, no equivaldrá a la condición de residentes.