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UCR-Disney

Programa Internacional de Estudios y Prácticas "A Magical Opportunity" con la Universidad de California, Riverside, y Walt Disney World Resort, Florida, USA, para el alumnado de grado en Turismo, Economía, Empresa, Marketing, Publicidad y Relaciones Públicas, Periodismo, Comunicación Audiovisual, Comunicación Digital, Relaciones Internacionales, Protocolo y Relaciones Laborales y Recursos Humanos (del 22 de junio 2025 al 8 de enero de 2026).

Posibilidad de reconocimiento de las prácticas y RAC (y en algún caso una asignatura adicional).

Poster

Convocatoria 26ª promoción

Folleto URJC-UCR-Disney

Presentación UCR+Disney

Cartel Presentación inicial 10 feb 2025

Resolución Fase 1

Resolución definitiva

 

 

 

Plazo de solicitud: Del 6 al 19 de febrero de 2025

Los estudiantes deberán rellenar dentro del plazo establecido, el siguiente formulario electrónico

Documentación requerida

  • Certificado oficial de idioma (opcional)

Requisitos para participar en el programa

  • Estar matriculado desde el momento de realizar la solicitud hasta la finalización del programa en un grado de la URJC correspondiente a alguna de las siguientes áreas: Turismo, Economía, Empresa, Marketing, Publicidad y Relaciones Públicas, Periodismo, Comunicación Audiovisual, Comunicación Digital, Relaciones Internacionales, Protocolo y Relaciones Laborales y Recursos Humanos.
  • Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la solicitud
  • Tener aprobado en el momento de realizar la solicitud un mínimo de 60 créditos en alguno de los grados mencionados en el punto a).
  • Tener un aprobado de media como mínimo en el grado que esté cursando en la URJC
  • Tener un alto nivel de idioma en inglés aportando certificado oficial (ESL Test: TOEFL, IELTS, o DUOLINGO). En caso de no aportar alguno de los certificados indicados deberán realizar la prueba DUOLINGO, de forma gratuita, en el plazo establecido por UCR. El enlace será enviado en tiempo y forma por la UCR a todos los estudiantes que no hayan incluido en su solicitud alguno de los certificados indicados en este apartado y que cumplan con el resto de requisitos de admisión.

Fechas del Programa

  • Llegada a la Universidad de California, Riverside (UCR): 22 de junio de 2025.
  • Del 23 de junio al 4 de julio de 2025: Programa de estudio en UCR, California (2 semanas).
  • 6 de julio de 2025: Viaje a Disney, Florida, USA. (Desde el aeropuerto LAX hasta MCO. Entrada en alojamientos de Disney el 7 de julio a las 12h del mediodía)
  • Del 8 de julio de 2025 al 7 de enero de 2026: Prácticas remuneradas en Disney, Florida (6 meses).
  • 8 de enero de 2026: regreso a España

La Presentación inicial del Programa tendrá lugar el día 10 de febrero de 2025 a cargo de la Universidad de California, Riverside en:

  • Campus de Vicálvaro a las 12h en el Salón de Actos del Edificio de Biblioteca.
  • Campus de Fuenlabrada a las 17h en el Salón de Grados del Edificio Departamental

El alumnado pre-seleccionado por la Universidad de California Riverside (UCR) deberá asistir obligatoriamente a la presentación final del Programa y realizar las entrevistas con los representantes de la Universidad de CaliforniaRiverside, el martes día 11 de marzo 2025, a las 10h, en el Aula Magna del Aulario III del Campus de Móstoles. Posteriormente, los que superen la fase de entrevistas de UCR recibirán correos electrónicos por parte de Disney para cumplimentar una solicitud on-line y conseguir cita para la entrevista final online de Disney.

La selección final de candidatos corre a cargo de los representantes de UCR y Disney. En caso de ser seleccionado, el candidato debe confirmar su deseo de participar pagando una  tarifa y entonces se inician los trámites de la VISA-J. 

Para más información del programa Internacional de Disney  consultar

Información y contacto URJC:
Soledad Carretero 
Servicio de Relaciones Internacionales 
Universidad Rey Juan Carlos
Despacho 109, 1ª planta, Rectorado - Móstoles 
C/ Tulipán, S/n, 28933 - Madrid - España
Teléfono: +34 914887071 (ext. 7071)
 

 

Erasmus+ prácticas

Convocatoria Erasmus+ para prácticas en empresas 2023

Convocatoria

NUEVO PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DEL 15 NOVIEMBRE AL 5 DICIEMBRE de 2023 (ambos inclusive)

La solicitud debe hacerse a través de https://sede.urjc.es/convocatorias


SEGUNDA ADJUDICACIÓN



DOCUMENTACIÓN

Declaración Responsable

Anexo I. Solicitud

Anexo II. Ficha de datos de la empresa (Imprescindible cumplimentar todos los datos, y en formato digital)

Anexo III. Acuerdo de formación "Training agreement (Indicar si son prácticas curriculares y cuántos créditos otorga)

Anexo IV. Convenio de subvención(cumplimentar los espacios amarillos. Entregar por duplicado)

Anexo V. Certificado de llegada. "Certificate of Arrival"

Anexo VI. Formulario de solicitud de modificación de estancia "Changes of Placement Period"

Anexo VII. Certificado de estancia "Certificate of Attendance"

Convocatoria Erasmus+ para prácticas en empresas 2022

Convocatoria

2º PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DEL 14 NOVIEMBRE- 2 DICIEMBRE (AMBOS INCLUSIVE) (movilidades hasta 31/12/2022)

Enlace Registro para presentar la solicitud cumplimentada

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DEL 10 AL 30 DE JUNIO 2022 (AMBOS INCLUSIVE)

Enlace Registro para presentar la solicitud cumplimentada


Resolución Provisional Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y anexos de admitidos y excluidos para la convocatoria de movilidad de estudiantes para prácticas en el extranjero de acuerdo al Programa Erasmus+

Plazo para presentar alegaciones del 22 de julio al 31 de agosto de 2022 ambos inclusive


Resolución del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hace público el listado definitivo de admitidos y excluidos de la Convocatoria de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa Erasmus+ Prácticas

Resolución del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos,por la que se publica el listado provisional de adjudicados de las ayudas financiadas de acuerdo con la Comisión de Valoración de la Convocatoria de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa Erasmus+ Prácticas

Propuesta de Resolución definitiva del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos,por la quese publica el listado definitivo de adjudicados de las ayudas financiadas conforme a lo establecido en el acta de la Comisión de Valoración de la Convocatoria de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa Erasmus+ Prácticas

Resolución Rectoraldela Universidad Rey Juan Carlos,por la quese aprueban y hacen público el listado de la primera adjudicación definitiva de las ayudas, de acuerdo con laConvocatoria de movilidad de estudiantes pararealizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa Erasmus+

Resolución de la Vicerrectora de Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos por la que se declara de urgencia la tramitación del procedimiento correspondiente a la convocatoria de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa erasmus+

Resolución del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos,por la que se aprueba y hace público el listado provisional de admitidos y excluidos del segundo plazo de solicitudes, de la Convocatoria de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa Erasmus+ Prácticas

Resolución del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hace público el listado definitivo de admitidos y excluidos del segundo plazo de solicitudes, de la Convocatoria de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa Erasmus+ Prácticas

Resolución del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hace público el listado provisional de adjudicados del segundo plazo de solicitudes, de la Convocatoria de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa Erasmus+ Prácticas

Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos,por la que se aprueban y hacen público el listado de la segunda adjudicación definitiva de las ayudas, de acuerdo con la Convocatoria de movilidad de estudiantes para realizar prácticas en el extranjero durante el año 2022 dentro del programa Erasmus+


DOCUMENTACIÓN

Anexo I. Solicitud

Anexo II. Ficha de datos de la empresa (Imprescindible cumplimentar todos los datos, y en formato digital)

Anexo III. Acuerdo de formación "Training agreement (Indicar si son prácticas curriculares y cuántos créditos otorga)

Anexo IV. Convenio de subvención(cumplimentar los espacios amarillos. Entregar por duplicado)

Anexo V. Certificado de llegada. "Certificate of Arrival"

Anexo VI. Formulario de solicitud de modificación de estancia "Changes of Placement Period"

Anexo VII. Certificado de estancia "Certificate of Attendance"

 

PRÁCTICAS CURRICULARES/EXTRACURRICULARES: En el caso de que las prácticas Erasmus realizadas por la consecución de una plaza en la presente convocatoria, cumplan con los requisitos establecidos en el REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS DE LOS ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS de la URJC que regula dichas prácticas académicas externas, las prácticas Erasmus podrían ser reconocidas como curriculares/extracurriculares.

Para ello, es obligatorio seguir el procedimiento establecido en dicho reglamento, para que la práctica realizada en movilidad pueda ser curricular/extracurricular.

Dicho proceso debe realizarse PREVIO a la solicitud de la movilidad, establecida en el punto 7 PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES de la presente convocatoria.

Toda la información relativa a las prácticas externas debe consultarse en el siguiente enlace:  https://www.urjc.es/principal-intranet/practicas-externas

Información y contacto

Información sobre erasmus prácticas

Julio Hernández Márquez
Servicio de Relaciones Internacionales
Relaciones Internacionales ­­­­– Rectorado 1º planta (Dcho. 109)
Teléfono:+34 914889389 (ext. 9389)
e-mail: 

 

Estudios en extinción

Programas de doctorado en extinción

Noticias / Novedades

Próximas reuniones de la Comisión de Doctorado:

  • 6 de junio de 2017 a las 10h. Sólo se admitirán documentos originales y depósitos de tesis doctoral recibidos a través del registro de cualquiera de los cuatro campus hasta el 28 de abril de 2017.
  • 23 de junio de 2017 a las 10h. Sólo se admitirán documentos originales recibidos a través del registro de cualquiera de los cuatro campus hasta el 12 de junio de 2017
  • 6 de julio de 2017 a las 10h. Sólo se admitirán documentos originales recibidos a través del registro de cualquiera de los cuatro campus hasta el hasta el 16 de junio de 2017.
  • 6 de septiembrede 2017 a las 10h. Sólo se admitirán documentos originales recibidos a través del registro de cualquiera de los cuatro campus hasta el hasta el 28 de julio de 2017.

Calendario de Extincion de Estudios

Modelos de impresos

Alumnos extranjeros

Homologación de Título de Doctor Extranjero

PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACION DE TÌTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y GRADOS ACADÉMICOS DE POSGRADO

El Consejo de Coordinación Universitaria, mediante Acuerdo de las Comisiones Académica y de Coordinación, reunidas el 11 de Mayo de 2.005, ha venido a establecer los CRITERIOS para la aplicación de la normativa por la que se regulan las condiciones de Homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior , contenida en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero (B.O.E. nº 55, de 4/03/2004), con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo (B.O.E. nº 67, de 19/03/2005).

Dado que el artículo 22ter. establece en su apartado 1 que la competencia para la homologación a títulos y grados españoles de postgrado viene atribuida a los Rectores de las Universidades españolas, en aplicación de la anterior normativa, la Universidad Rey Juan Carlos, ha establecido el siguiente PROCEDIMIENTO DE HOMOLOGACION DE TITULOS EXTRANJEROS DE POSGRADO:

I   DOCUMENTACIÓN

El procedimiento se iniciará mediante la presentación por parte del interesado de SOLICITUD, dirigida al Rector de la Universidad, y a la que deberá acompañarse la siguiente DOCUMENTACION:

1.- Certificación acreditativa de la nacionalidad del solicitante (fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte)

2.- Copia compulsada del Título cuya homologación se solicita o de la Certificación acreditativa de su expedición.

3.- Copia compulsada de la Certificación Académica de los Estudios realizados por el solicitante para la obtención del Título de Postgrado, con indicación expresa de la duración oficial del Programa de Estudios seguido (en años académicos), las asignaturas cursadas, la carga horaria de cada una de ellas y las calificaciones obtenidas.

4.- En caso de Solicitud de Homologación al Título de Doctor, se deberá acompañar:

  • a).  Una Memoria explicativa de la Tesis realizada, redactada en Castellano, con indicación de los miembros del Jurado o Tribunal y de la calificación obtenida.
  • b).- Un Ejemplar de la Tesis: Deberán aportarse un ejemplar impreso en papel y otro en soporte informático (CD), de acuerdo con las normas que al efecto tiene establecidas la U.R.J.C..
  • c).- Justificante del abono de la Tasa Académica: Junto con la Solicitud y los documentos que deben acompañarse, el interesado deberá acreditar haber abonado la tasa de homologación mediante la correspondiente carta de pago, que tiene la consideración de requisito necesario para la tramitación del expediente. El importe de dicha tasa puede consultarse enviando un correo a

La carta de pago podrá obtenerse a través del Servicio de Tercer Ciclo (E-mail: ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌| Teléfono: 914887367). No se admiten ingresos bancarios ni transferencias. Deberá ser abonada en cualquiera de las sucursales de Caja Madrid, y devolver la “Copia para la Universidad” junto con los documentos que figuan en el anexo de la solicitud de homologación a través del registro general de la universidad o registros auxiliares de los campus.

II  TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN

Presentada la solicitud, junto con la documentación obligatoria y el justificante del abono de la Tasa de Homologación correspondiente, se dará traslado del expediente al correspondiente Órgano Instructor, que es el órgano competente en materia de estudios de postgrado, para la realización del preceptivo INFORME. En la Universidad Rey Juan Carlos dicho órgano es la COMISIÓN DE DOCTORADO.

El informe se adoptará teniendo en cuenta los criterios que establecen los artículos 5, 9 y 19 del Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo.

Del informe se dará traslado al Rector de la Universidad, quien adoptará la pertinente RESOLUCIÓN MOTIVADA, concediendo o denegando la homologación solicitada. Dicha resolución tiene naturaleza de resolución administrativa, sometiéndose en cuanto a su régimen concreto al establecido a las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones de preceptiva aplicación.

El PLAZO para dictar y notificar la resolución, será de SEIS MESES, a contar desde la presentación de la admisión de la solicitud de homologación.

La concesión de la homologación se verificará mediante  CREDENCIAL expedida por el Rector de la Universidad.

Legalización de documentos

Los DOCUMENTOS EXPEDIDOS EN EL EXTRANJERO, deberán cumplir y ajustarse a los siguientes REQUISITOS:

  • Deben ser Oficiales y estar expedidos por las Autoridades competentes para ello, de acuerdo con la legislación específica del país de que se trate.
  • Deberán presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de La Haya, salvo que se trate de documentos expedidos por autoridades de los Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Todos los documentos (a excepción del ejemplar de la Tesis Doctoral que debe aportarse, así como los documentos complementarios que pudieran ser solicitados por el órgano instructor del expediente) deberán ir acompañados, en su caso, de la correspondiente TRADUCCIÓN OFICIAL AL ESPAÑOL.

En caso de duda sobre la autenticidad, validez o contenido de los documentos aportados junto con la solicitud, el órgano instructor podrá realizar las diligencias precisas para su comprobación, así como dirigirse a la Autoridad que ha expedido los documentos para validar los extremos dudosos.

La falta de presentación de cualquiera de estos documentos, o la presentación de documentos no válidos, comportará la NO ADMISIÓN de la solicitud de homologación. En tales casos, se requerirá al solicitante para que subsane los errores detectados en el plazo de diez días hábiles, transcurridos los cuales, sin haberse subsanado, se procederá al archivo de la solicitud.

Titulaciones de 1º y 2º Ciclo (a extinguir)

Profesores asignados en el curso 2015-16 a las asignaturas en extinción de las titulaciones de Ingeniería de Telecomunicaciones, doble titulación de Ing. de Telecomunicaciones e Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas y doble titulación de Ing. De Telecomunicaciones y Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas.

Presentación de solicitudes de compensación de asignaturas en la ESCET

El plazo de solicitud del Tribunal de Compensación para alumnos de antiguas titulaciones de la ETSIT queda abierto hasta el 22 de julio incluido.

Correspondencia entre enseñanzas a extinguir y las nuevas titulaciones de grado

 

2010/2011

Titulacion antigua

Grado

Diplomatura en Enfermería

Enfermería

Diplomatura en Fisioterapia

Fisioterapia

Diplomatura en Terapia Ocupacional

Terapia Ocupacional

Licenciatura en Odontología

Odontología

Ingeniería de los Materiales (2º ciclo)

Ingeniería de los Materiales

Ingeniería Química

Ingeniería Química

Ingeniería Química

Ingeniero de la Energía

Ingeniería Química

Ingeniería Ambiental

Ingeniero Técnico Industrial: Química Industrial

Ingeniero de la Energía

Ingeniero Técnico Industrial: Química Industrial

Ingeniería Química

Ingeniero Técnico Industrial: Química Industrial

Ingeniería Ambiental

Licenciado en Ciencias Ambientales

Ciencias Ambientales

Licenciado en Ciencias Ambientales

Ingeniería Ambiental

Licenciado en Ciencias Ambientales

Biología

Licenciado en Ciencias Ambientales

Ciencia y Tecnología de los Alimentos

Ingeniería Informática (presencial y online)

Ingeniería Informática (presencial y online)

Ingeniería Técnica de Informática de Gestion

Ingeniería del Software

Ingeniería Técnica de Informática de Sistemas

Ingeniería de Computadores

Ingeniería Informática Superior - Licenciado en Administracion y Direccion de Empresas

Doble Grado en Ingeniería Informática y Administracion y Direccion de Empresas

Ingeniería de Telecomunicaciones 
(todas las modalidades)

Ingeniería en Tecnologías de la Telecomunicacion

Ingeniería de Telecomunicaciones
(todas las modalidades)

Ingeniería en Sistemas Audiovisuales y Multimedia

Ingeniería de Telecomunicaciones
(todas las modalidades)

Ingeniería en Telemática

Ingeniería de Telecomunicaciones
(todas las modalidades)

Ingeniería en Sistemas de Telecomunicacion

Ingeniero en Telecomunicaciones - Licenciado en Administracion y Direccion de Empresas

Doble Grado en Ingeniería en Sistemas de Telecomunicacion y Administracion y Direccion de Empresas

Licenciatura en Comunicacion Audiovisual

Comunicacion Audiovisual

Licenciatura en Periodismo (todas las modalidades)

Periodismo (todas las modalidades)

Licenciatura en Publicidad y Relaciones Públicas 
(todas las modalidades)

Publicidad y Relaciones Públicas 
(todas las modalidades)

Licenciado en Administracion y Direccion de Empresas - Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas

Doble Grado en Publicidad y Relaciones Públicas y Administracion y Direccion de Empresas

Licenciado en Comunicacion Audiovisual - Licenciado en Periodismo

Doble Grado en Periodismo y Comunicacion Audiovisual

Licenciado en Administracion y Direccion de Empresas - Licenciado en Comunicacion Audiovisual

Doble Grado en Comunicacion Audiovisual y Administracion y Direccion de Empresas

Diplomado en Turismo (todas las modalidades)

Grado en Turismo (todas las modalidades)

Licenciado en Administracion y Direccion de Empresas – Turismo

Doble grado en Administracion y Direccion de Empresas - Turismo

Licenciatura en Administracion y Direccion de Empresas

Administracion y Direccion de Empresas

Licenciatura en Administracion y Direccion de Empresas

Economía Financiera y Actuarial

Licenciatura en Derecho

Derecho

Diplomado en Empresariales

Gestion Mercantil y Financiera

Diplomado en Empresariales

Administracion y Direccion de Empresas

Diplomado en Gestion y Administracion Pública

Ciencias Políticas y Gestion Pública

Diplomado en Relaciones Laborales

Relaciones Laborales y Recursos Humanos

Licenciatura en Economía

Economía

Licenciado en Derecho - Diplomado en Relaciones Laborales

Doble Grado en Derecho y Relaciones Laborales

Licenciado en Administracion y Direccion de Empresas - Licenciado en Derecho

Doble Grado en Administracion y Direccion de Empresas y Derecho

Licenciado en Derecho - Diplomado en Gestion y Administracion Pública

Doble Grado en Derecho y Ciencia Política y Gestion Pública

Licenciado en Economía - Licenciado en Derecho

Doble Grado en Economía y Derecho

Licenciado en Periodismo - Licenciado en Derecho

Doble Grado en Derecho y  Periodismo

Licenciado en Economía - Licenciado en Periodismo

Doble Grado en Economía y Periodismo

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

Fuenlabrada

Unidad Docente Delegada de la Facultad de Ciencias de la Comunicacion. Vicálvaro

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Vicálvaro

Unidad Docente Delegada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Fuenlabrada

Unidad Docente Delegada de la Facultad de Ciencias jurídicas y Sociales. Alcorcon

Unidad Docente Delegada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Mostoles

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIÓN

Fuenlabrada

Unidad Docente Delegada de la Escuela Superior de Ingeniería Informática

ESCUELA SUPERIOR DE CIENCIAS EXPERIMENTALES Y TECNOLOGÍA

Mostoles

  • Ingeniero Técnico Industrial: Química Industrial
  • Licenciado en Ciencias Ambientales
  • Ingeniero de Materiales (2º ciclo)
  • Ingeniería Química

ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA INFORMÁTICA

Mostoles

Unidad Docente Delegada de la Escuela Superior Técnica en Ingeniería Informática. Vicálvaro

INSTITUTO SUPERIOR DE DANZA "ALICIA ALONSO"

  • Licenciado en Danza

CENTROS ADSCRITOS

ESIC

ESERP

Títulaciones Dobles (a extinguir)

Profesores asignados en el curso 2015-16 a las asignaturas en extinción de las titulaciones de Ingeniería de Telecomunicaciones, doble titulación de Ing. de Telecomunicaciones e Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas y doble titulación de Ing. De Telecomunicaciones y Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas.

Presentación de solicitudes de compensación de asignaturas en la ESCET

El plazo de solicitud del Tribunal de Compensación para alumnos de antiguas titulaciones de la ETSIT queda abierto hasta el 22 de julio incluido.

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

Unidad Docente Delegada de la Facultad de Ciencias de la Comunicacion. Vicálvaro

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES

Unidad Docente Delegada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Fuenlabrada

ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIÓN

ESCUELA SUPERIOR DE CIENCIAS EXPERIMENTALES Y TECNOLOGÍA

  • Ingeniero Químico - Licenciado en Administracion y Direccion de Empresas
  • Ingeniero Químico - Ingeniero de Materiales (2º ciclo)

ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIERÍA INFORMÁTICA

Unidad Docente Delegada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Mostoles

Titulaciones de 2º Ciclo (alumnos de nuevo ingreso en curso 2010-2011)

Presentación de solicitudes de compensación de asignaturas en la ESCET

El plazo de solicitud del Tribunal de Compensación para alumnos de antiguas titulaciones de la ETSIT queda abierto hasta el 22 de julio incluido.

Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Telecomunicacion

Escuela Superior de Ciencias Experimentales y Tecnología

  • Ingeniero Químico (2º ciclo)

Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales

Grados/modalidades en extinción

Grados

Dobles grados

Habla inglesa

Semipresencial

Másteres universitarios en extinción

Presenciales

online

Libro de asignaturas planes antiguos

Idioma moderno

La Universidad Rey Juan Carlos, consciente de la importancia de la formación en idiomas en el mundo actual, incorpora en todos sus títulos de Grado la asignatura de 6 créditos denominada “Idioma Moderno”.

El objetivo fundamental del curso para la asignatura de “Idioma Moderno” es proporcionar a los estudiantes de las nuevas titulaciones de grado la preparación necesaria para superar un examen oficial: TOEIC para inglés, TFI para francés, CILS para italiano y Zertifikat Deutsch para alemán.

Cuestiones básicas:

  • Puedes elegir inglés, francés, alemán o italiano.
  • Recomendación: Tener un nivel mínimo de B1 según MCER.
  • Es una asignatura de carácter obligatoria de 6 créditos, con una duración de un cuatrimestre.
  • Puedes matricularte a partir del segundo curso, al mismo tiempo que te matriculas del resto de las asignaturas.
  • La matrícula de esta asignatura es indefinida, permaneciendo abierta hasta su calificación. En el caso de que un estudiante que se haya matriculado y no se ha inscrito en un grupo de la asignatura “Idioma Moderno” ese año, en los sucesivos cursos académicos se deberá matricular de nuevo, pero no tendrá que abonar las tasas correspondientes a dicha matrícula (es decir, le saldrá la asignatura a coste cero). Recomendamos que el estudiante se matricule por primera vez de esta asignatura en aquel curso académico en el que desee recibir la formación y en el que quiera ser calificado, teniendo en cuenta que el máximo de matrículas que puede realizar es de cuatro y dos extraordinarias.
    Si ha matriculado la asignatura pero no se va a inscribir por algún motivo en algún grupo para cursarla, puede anularla en los plazos indicados en la web.
  • Para cursar la asignatura de IDIOMA MODERNO: Además de matricular la asignatura, hay que hacer una prueba de nivel (desde la PLATAFORMA DE IDIOMA MODERNO ; https://gestion3.urjc.es/imoderno/jsp/alumno/login.jsp y finalmente inscribirse en un grupo (ver apartado Tutorial de la plataforma).
  • Recuerde que tiene un período de anulación de Inscripción, consulte “Fechas de inscripción”
  • Si ya tienes un título que certifique tu nivel de idioma de los reconocidos en las tablas publicadas en la pestaña de "convalidaciones" de esta web, puedes utilizarlo para convalidar la asignatura. Dichas tablas han sido elaboradas en base a los criterios establecidos por los organismos ACLES y CRUE.
  • Información Becas Ministerio de Educación

 Pulse en las pestañas "guía docente y preguntas frecuentes" para conocer todos los aspectos relativos a la asignatura. 


Acceso a la aplicación


Fechas inscripción asignatura por cuatrimestre. Curso 24/25

Fechas inscripción 1 CUATRIMESTRE (15 de julio al 3 de septiembre)

Fechas inscripción 2º CUATRIMESTRE  - (abierto: del 08/01/25 al 20/01/25 ; hacer prueba de nivel en esas fechas)

Convalidación Asignatura

Preguntas frecuentes convalidaciones idioma moderno

Si no desea cursar la asignatura y está en posesión de un título oficial de los reconocidos en las tablas de convalidación de la asignatura, puede superar la asignatura (6 ECTS) solicitando la convalidación de la misma. Lea la siguiente información al respecto, así como todos los documentos adjuntos más abajo.

Matricular la asignatura para convalidar

Tendrán que matricular obligatoriamente la asignatura, únicamente aquellos alumnos matriculados de todas las asignaturas que les restan para finalizar sus estudios en el momento de solicitar dicha convalidación (último curso de su titulación).

Certificados de Idiomas válidos para convalidar Idioma Moderno

Si ya tienes un título que certifique tu nivel de idioma (INGLÉS, FRANCÉS, ALEMÁN O ITALIANO) de los reconocidos en las tablas publicadas y actualizadas en los documentos pdf que puedes ver más abajo (ver enlace a tablas) , podrás utilizarlo para convalidar la asignatura. Dichas tablas han sido elaboradas en base a los criterios establecidos por los organismos ACLES y CRUE

Plazos de solicitud

Puedes solicitar tu convalidación de la Asignatura de Idioma Modero en los siguientes plazos:

  • PLAZO ORDINARIO: a partir de la formalización de la auto matrícula, desde su Portal de Servicios. Para obtener toda la información y plazos lea el documento “Procedimiento convalidación ordinaria” antes de iniciarlo.
  • PLAZO EXTRAORDINARIO: únicamente a aquellos alumnos matriculados de todas las asignaturas que les restan para finalizar sus estudios en el momento de solicitar dicha convalidación (incluido TFG). Para obtener más información lea el documento “Procedimiento convalidación extraordinaria fin de carrera” antes de iniciarlo.

¿Dónde se solicita?

Se trata de una convalidación de tipo manual. Una vez en el Portal de Servicios encontrará un apartado de SOLICITUDES. En dicho apartado, hay una pestaña de SOLICITUD DE CONVALIDACIONES/ RECONOCIMIENTOS, en la cual deberá pinchar. El enlace directo es este: (https://gestion2.urjc.es/convalidacionesmanuales/).

¿Cómo se solicita y otras preguntas frecuentes relacionadas con convalidación de Idioma Moderno?

 En los documentos que figuran en la parte inferior de convalidación ordinaria o extraordinaria o preguntas frecuentes puede encontrar información acerca del modo correcto de hacer la solicitud y documentación necesaria, tasas de convalidación, devolución del dinero de la matrícula, etc.

¿Puedo solicitar la convalidación si todavía no me ha llegado el título oficial?

En el caso de no tener el título oficial dentro del plazo de convalidaciones, deberá iniciarlo adjuntando otro documento (p.e ; pago de tasas de examen) y cuando venga DENEGADA , adjuntar el certificado oficial y tendrá opciones de convalidar (teniendo en cuenta los plazos de los recursos), siempre y cuando se haya iniciado dentro del plazo habilitado para ello.

Convalidación extraordinaria fin de grado 2024/2025  (SÓLO PARA ESTUDIANTES DE ÚLTIMO CURSO)  - ABIERTO -   PLAZO : 1 FEBRERO AL 10 DE JUNIO DE 2025

Convalidación ordinaria 2024/2025  - CERRADO - : PLAZO HASTA 15 OCTUBRE- 

Tabla títulos convalidables para asignatura Idioma Moderno Inglés  -- Vigentes a partir del curso 24/25

Tabla títulos convalidables para asignatura Idioma Moderno Francés  -- Vigentes a partir del curso 24/25

Tabla títulos convalidables para asignatura Idioma Moderno Italiano  -- Vigentes a partir del curso 24/25

Tabla títulos convalidables para asignatura Idioma Moderno Alemán  -- Vigentes a partir del curso 24/25

Inscripción examenes oficiales 2º cuatrimestre 2024-25

IDIOMAS INGLES Y FRANCES: Fechas de inscripción exámenes TOEIC-TFI 2º cuatrimestre 24/25

IDIOMA ITALIANO:  No hay convocatorias al no cursarse en 2º cuatrimestre.

IDIOMA ALEMAN: No hay convocatorias al no cursarse en 2º cuatrimestre.

Exámenes Convocatorias Extraordinarias (No Aptos- No Presentados ) y 2º Oficial TOEIC-TFI curso 2024/25 NUEVO

Exámenes Convocatorias Extraordinarias (No Aptos- No Presentados ) y 2º Oficial TOEIC-TFI curso 2024/25  - ENTRADA EN VIGOR CURSO 2024-25 -

Horarios de la asignatura

Horarios ofertados 2º cuatrimestre 23-24 (Orientativo para consultas sobre horarios pendientes de publicación del 2º cuatrimestre del curso 2024-25).

CURSO 2024-25

Horarios ofertados 1º cuatrimestre 24-25

Certificados

Preguntas frecuentes certificados idioma moderno

Cuando el alumno se examina de esta asignatura, obtiene un certificado oficial del examen realizado respetando los criterios de expedición de los organismos encargados de acreditar el nivel de idioma. Dependiendo del idioma elegido el título que obtiene es:

  • Alemán: Zertifikat Deutsch (ZD-B1)
  • Francés: Test de Français International (TFI)
  • Inglés: Test of English for International Communication (TOEIC Listening & Reading)
  • Italiano: Certificazione di italiano come lingua straniera (CILS)

¿Qué requisitos son necesarios para obtener el certificado una vez hecho el examen final y oficial de la asignatura de Idioma Moderno?

  • TOEIC/TFI: Todo alumno que se presente al examen de la asignatura TOEIC/TFI tiene derecho a retirar su certificado independientemente de la puntuación obtenida.
  • CILS/ZD: Los alumnos que se presentan al examen de CILS o ZD tendrán derecho a retirar su certificado siempre y cuando aprueben el examen de nivel al que se presentan.

¿Cuándo y dónde se pueden retirar los certificados de Idioma Moderno?

Después de cada convocatoria de examen y en el momento que los certificados están disponibles y distribuidos por los campus, se envía un correo electrónico a la cuenta de alumnos (@alumnos.urjc.es) a todas las personas que se han examinado en cada una de las convocatorias para que sepan que a partir de ese momento pueden ir a retirar su certificado y el lugar y horario donde se reparten.

No existe la posibilidad de enviar los correos ni por correo electrónico ni por correo postal.

Amplíe la información en los documentos colgados más abajo.

Retirada de certificados

Modelo de autorización

Preguntas frecuentes

Compruebe que su duda no está contestada en el siguiente documento de preguntas frecuentes antes de contactar con el buzón de consultas: https://ayuda.urjc.es

 

Prácticas externas

AVISO IMPORTANTE: A partir del 1 de enero de 2024 los estudiantes de cualquier titulación que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas cotizarán a la Seguridad Social. Más información.

Las prácticas externas son actividades formativas realizadas por los estudiantes de Grado y Máster de la Universidad Rey Juan Carlos en empresas, instituciones u organismos de carácter público o privado.

La gestión de las prácticas externas de Grado y de Máster Oficial es competencia de la Unidad de Prácticas Externas, y se rige por el Reglamento de Prácticas Externas.

Para la gestión de prácticas internacionales, la Unidad de Prácticas Externas colabora con la oficina de Relaciones Internacionales.

Los estudiantes que presenten algún tipo de discapacidad o necesidad educativa especial pueden contactar, si lo desean, con la Unidad de Atención a Personas con Discapacidad y Necesidades Educativas Especiales, que ofrece su apoyo a entidades y a estudiantes para el desarrollo satisfactorio de las prácticas, bajo el prisma de igualdad de oportunidades. Más información en este enlace.

EXCEPCIONES: La Unidad de Prácticas Externas no gestiona las prácticas docentes de los Grados en Educación Infantil (ver manual específico) y en Educación Primaria (ver manual específico), ni del Máster en Formación del Profesorado. Asimismo, no es aplicable el Reglamento de Prácticas Externas a las prácticas de carácter clínico, como las recogidas en los planes de estudio de Grado en Enfermería, Farmacia, Fisioterapia, Medicina, Odontología, Psicología y Terapia Ocupacional.

Los estudiantes pueden realizar dos modalidades de prácticas externas, curriculares y extracurriculares. Las prácticas externas curriculares son aquellas evaluables, que se incluyen como obligatorias en el plan de estudios de la titulación que curse el estudiante. Se considerarán curriculares las primeras prácticas realizadas. Por lo tanto, las prácticas externas extracurriculares son aquellas que, posteriormente, los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario hasta finalizar su titulación.

Los estudiantes pueden proponer la realización de prácticas que hayan encontrado por medios ajenos a la URJC. La entidad interesada deberá gestionar las prácticas a través de la plataforma de la Universidad. Más información en este enlace.

La Universidad pone a disposición de sus estudiantes una plataforma de ofertas a través de la que puede participar en numerosos procesos de selección por parte de las entidades colaboradoras del programa de Prácticas Externas.

Acceso a la aplicación (exclusivo estudiantes)

Guía de uso para estudiantes

Requisitos para realizar las prácticas externas

Para la realización de prácticas externas, el estudiante matriculado en un Grado o Doble Grado de la Universidad Rey Juan Carlos deberá haber superado al menos el 45% de los créditos necesarios para la obtención del título que esté cursando. Los estudiantes de Grado, así como los de Máster, también deberán tener matrícula en vigor durante el curso académico en el que se realicen las prácticas.

Las primeras prácticas que realice el estudiante siempre tendrán carácter curricular. Por este motivo, la gestión y oferta de prácticas curriculares tendrá prioridad respecto a las de carácter extracurricular.

El estudiante, de forma general, no puede mantener una relación contractual o laboral con la entidad en la que vaya a realizar prácticas.

SEGURO ESCOLAR

Los estudiantes matriculados en la Universidad Rey Juan Carlos, menores de 28 años, que realicen prácticas externas en una entidad en territorio nacional mediante el correspondiente convenio de cooperación educativa, estarán cubiertos por el seguro escolar de la Universidad. Los estudiantes mayores de 28 años están obligados a suscribir por su cuenta un seguro privado de riesgos personales y/o accidentes laborales, sin el cual la Universidad no podrá autorizar ni tramitar sus prácticas. En el caso de prácticas internacionales, todos los estudiantes deberán suscribir un seguro de este tipo que cubra su estancia en el extranjero.

Más información

EN CASO DE PRÁCTICAS QUE IMPLIQUEN CONTACTO CON PERSONAS MENORES DE EDAD

En cumplimiento del Artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y de su redacción en el Artículo 1.8 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, para la realización de prácticas en las que se mantenga contacto con menores de edad, será requisito indispensable que el/la estudiante presente a la Universidad, en el momento de tramitarse sus prácticas, un certificado negativo de delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Puede informarse al respecto en el siguiente enlace:

solicitar certificado

Formalización de las prácticas externas

Para que un estudiante pueda realizar prácticas en una entidad, es imprescindible que esta mantenga o esté conforme en suscribir un Convenio de colaboración con la URJC.

Además, el inicio de unas prácticas deberá comunicarse siempre con antelación a la Unidad de Prácticas Externas. Por cada periodo de prácticas que un estudiante vaya a realizar, la Unidad de Prácticas Externas expedirá un Anexo al Convenio que será enviado a la entidad correspondiente, y que ésta deberá devolver debidamente firmado por ambas partes (entidad y estudiante).

El Anexo de prácticas es un documento con valor legal y por lo tanto las condiciones reflejadas en el mismo serán vinculantes, por lo que cualquier modificación sobre ellas deberá ser autorizada previamente por la Universidad. Es además el documento que otorga la cobertura legal y la validez académica a las prácticas del estudiante.

El tiempo mínimo necesario para la correcta formalización y la incorporación efectiva del estudiante a la entidad será de tres días hábiles para las prácticas nacionales, y de diez días hábiles para las internacionales, contados a partir del momento en que la entidad manifieste su conformidad en acoger al estudiante y este sea aceptado en la oferta correspondiente.

En ningún caso se contabilizarán las horas realizadas en la entidad sin contar con la autorización previa de la Universidad, por lo que en caso de que se comunique la realización de las prácticas en fecha posterior a la de inicio, la Unidad de Prácticas las computará a partir de la fecha en la que se tenga constancia del acuerdo entre estudiante y empresa, sin carácter retroactivo.

Desarrollo y duración de las prácticas

Los períodos de realización de las prácticas estarán comprendidos en el curso académico en el que el estudiante esté matriculado. Es decir, un periodo de prácticas se circunscribirá a un único curso académico (1 de septiembre-31 de agosto). Si unas prácticas están previstas para realizarse en un periodo que abarque parcialmente dos cursos académicos, solo se autorizará la parte correspondiente al segundo de ellos cuando el estudiante haya formalizado su matrícula universitaria en dicho curso.

Las prácticas externas curriculares deberán tener la duración mínima que establezca el plan de estudios correspondiente *.

Asignatura Prácticas Externas

estudiantes que comenzaron estudios en cursos 2015-16 y anteriores

estudiantes de nuevo ingreso en curso 2016-17 y siguientes

Grados - 24 créditos ECTS 300 horas 500 horas
Grados - 18 créditos ECTS 250 horas 400 horas
Grados - 15 créditos ECTS 225 horas 350 horas
Máster 25 horas de prácticas por cada crédito ECTS que integre la asignatura Prácticas Externas.

 

* NOTA INFORMATIVA SOBRE LA DURACIÓN DE LAS PRÁCTICAS CURRICULARES

De acuerdo con las recomendaciones de la ANECA, la duración de las prácticas curriculares debe ser revisada conforme a las disposiciones que regulan el Espacio Europeo de Educación Superior, según las cuales un crédito ECTS equivale a 25 horas de actividad.

Estas recomendaciones implican que, a partir del curso académico 2022-2023, todos los estudiantes de los Grados en Comunicación Audiovisual, Periodismo, Turismo, Dirección y Gestión de Empresas en el Ámbito Digital, así como los de los Dobles Grados cuyas asignaturas de Prácticas Externas estén vinculadas a estas áreas, deberán realizar 600 horas de prácticas curriculares.

 

Con el fin de asegurar el correcto desarrollo de las actividades académicas del estudiante, la duración de las prácticas no podrá exceder, además, del 50% de la duración del curso académico, por lo que los estudiantes podrán realizar en total (incluyendo prácticas curriculares y prácticas extracurriculares), un máximo de 900 horas de prácticas por curso académico. Este número de horas es también el máximo permitido a realizar en una misma entidad.

Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con sus características y con la disponibilidad del estudiante y de la entidad colaboradora. Deberán ser compatibles con la actividad académica del estudiante en la Universidad. A fin de favorecer la compatibilidad horaria con la asistencia a clase, se recomienda un máximo de cinco horas diarias de prácticas durante los períodos lectivos, pudiendo llegar hasta siete horas en los no lectivos (máximo de 35 horas semanales).Pueden ser aplicables disposiciones específicas en este sentido, por parte de los organismos reguladores de determinados sectores profesionales.

Se podrá solicitar dispensa académica por estar realizando prácticas externas curriculares cuyo horario coincida total o parcialmente con el horario lectivo. Plataforma de solicitud

Un estudiante no podrá realizar más de un periodo de prácticas de forma simultánea, debiendo concluir efectivamente cada periodo para que le sea autorizada la incorporación a una nueva entidad.

Tutorías

Durante cada periodo de prácticas, al estudiante le será asignado un tutor académico (por parte de la Universidad) y un tutor profesional (por parte de la entidad colaboradora), cuya identidad será recogida en el Anexo de prácticas. El Reglamento de Prácticas Externas recoge las funciones de ambas figuras.

Remuneración

Dada la naturaleza académica y formativa de las prácticas, su realización no supondrá, en ningún caso, relación laboral ni contractual con la entidad en la que se desarrollen las mismas.

Sin perjuicio de lo anterior y si así lo desea, la entidad externa podrá compensar al estudiante en concepto de ayuda al estudio por los gastos que a éste se le pudieran generar con motivo de desplazamientos, manutención o cualquier otro concepto. Si se produce esta contraprestación económica, la entidad deberá dar de alta al estudiante en la Seguridad Social, conforme a las disposiciones vigentes.

Abandono de prácticas

Las prácticas deberán realizarse de forma no interrumpida. El estudiante únicamente podrá solicitar su interrupción o abandono, presentando a la Unidad de Prácticas Externas un informe razonado de los motivos que alega para dicha extinción adelantada de las prácticas, y solo podrá llevarla a cabo si la Unidad de Prácticas Externas lo autoriza de forma expresa.

El abandono injustificado de unas prácticas por parte del estudiante, aun con el consentimiento de la entidad afectada, podrá suponer una penalización, por la que no se permita al estudiante su incorporación a otras prácticas durante un periodo de tiempo a determinar (nunca inferior al periodo de prácticas que se le hubiera tramitado en la entidad en la que haya causado baja).

Si se trata de las prácticas curriculares del estudiante, se podrá emitir, además, informe desfavorable de sus prácticas y calificar su asignatura Prácticas Externas como suspensa.

Una entidad, por su parte, podrá extinguir anticipadamente las prácticas de un estudiante si encuentra motivos justificados. De igual manera, el tutor profesional del estudiante deberá presentar ante la Unidad de Prácticas Externas un informe razonado con los motivos que justifiquen dicha decisión.

Evaluación de la asignatura de prácticas externas

Las prácticas curriculares serán evaluadas con una calificación que se incluirá en el expediente académico del estudiante con las otras materias que componen su plan de estudios. El proceso de evaluación se habilitará cuando el estudiante haya alcanzado el 90% de las horas curriculares obligatorias en su titulación, y la calificación se hará efectiva una vez que se encuentre matriculado/a en la asignatura Prácticas Externas.

La evaluación de la asignatura Prácticas Externas se realiza a través de la aplicación de Prácticas Externas.

Informe intermedio

Transcurrida la mitad del periodo curricular de prácticas, el estudiante deberá completar un Informe Intermedio de prácticas. Podrá hacerlo de forma telemática en la propia ficha de sus prácticas, dentro de la aplicación de Prácticas Externas. Se le habilitará el formulario, que permanecerá activo durante un tiempo limitado, transcurrido el cual, ya no podrá realizar este informe. En cualquiera de los casos, el tutor académico de las prácticas será notificado para hacer el seguimiento oportuno.

Documentación final

La documentación genérica que debe ser entregada al término de las prácticas curriculares es la siguiente:

1.- Una copia del Anexo al Convenio. Es el documento emitido por la Unidad de Prácticas Externas para acreditar la incorporación del estudiante a la entidad, y que deben haber firmado la propia empresa y el estudiante.

  • Si el anexo se encuentra marcado como firmado en la Plataforma de Prácticas Externas, el estudiante no tendrá que enviarlo de nuevo.
  • Si el anexo se encuentra “pendiente de firmar” el estudiante podrá cargar, en formato PDF, en anexo de prácticas firmado por las tres partes.

2.- Justificante de la Encuesta de Satisfacción. El estudiante tendrá que realizar la Encuesta de Satisfacción de Prácticas Externas y cargar en la aplicación el justificante obtenido al finalizar. Dispondrá del enlace a la encuesta en su ficha de prácticas, una vez abierto el proceso de evaluación.

* Se recomienda el uso de Internet Explorer o Microsoft Edge para cumplimentar la encuesta.

3.- La memoria final de prácticas externas que debe cumplimentar el estudiante. Podrá hacerlo de forma telemática en la propia ficha de sus prácticas, dentro de la aplicación de Prácticas Externas. Se le habilitará el formulario una vez alcance las horas curriculares obligatorias.

4.- El informe de evaluación del tutor profesional que el estudiante haya tenido asignado en la entidad. El tutor podrá cumplimentar el informe de forma telemática, a través de la aplicación de Prácticas Externas. Al término del periodo curricular de prácticas, el tutor recibirá un correo electrónico con el enlace al informe de evaluación.

  • De forma alternativa, el estudiante podrá cargar, en formato PDF, el informe de evaluación del tutor, debidamente cumplimentada y firmada, conforme al siguiente modelo:  informe tutor
  • Modelo en inglés para prácticas cursadas en el extranjero:  mentor report

En primera instancia, la Unidad de Prácticas Externas revisará formalmente la documentación. Si es correcta, la remitirá al tutor académico asignado al estudiante, para su evaluación.

Los tutores académicos efectuarán la evaluación conforme a los criterios establecidos en la Guía Docente de la asignatura (Consultar guías docentes) y podrán requerir documentación adicional específica a los estudiantes.

Salvo en circunstancias excepcionales, la asignatura de Prácticas Externas será calificada en el plazo máximo de un mes desde la entrega de la documentación, pudiéndose consultar la nota en el Portal de Servicios.

Manual de Evaluación Prácticas Externas

IMPORTANTE

Si el estudiante finaliza sus prácticas curriculares después del cierre de actas anual de la asignatura (mes de julio), deberá renovar su matrícula en Prácticas Externas de cara al curso siguiente (sin coste, por ser matrícula de duración indefinida) y entregar su documentación cuando finalice las prácticas curriculares, sin perjuicio en la calificación. En los casos en los que las horas curriculares se completen ya iniciado el siguiente curso académico, la evaluación se efectuará en las actas del nuevo curso, por lo que (a efectos de requisitos para el mantenimiento de becas) debe tener en cuenta que la asignatura computará como créditos no superados en el curso anterior.

Superación y convalidación de la asignatura de prácticas externas

Reconocimiento de la asignatura de prácticas por experiencia profesional

REQUISITOS

El procedimiento de solicitud de reconocimiento por experiencia profesional/beca formativa es válido para estudiantes matriculados/as en estudios oficiales de Grado y Máster cuyas prácticas rige el Reglamento de Prácticas Externas de la URJC, por lo que, conforme establece dicho Reglamento, quedan excluidos del mismo:

  • Los Grados en Educación Infantil y Educación Primaria, y el Máster en Formación del Profesorado.
  • Los Grados en Psicología, Medicina, Enfermería, Farmacia, Fisioterapia, Odontología y Terapia Ocupacional, el Máster Universitario en Aspectos Clínicos y Básicos del Dolor y el Máster Universitario en Cuidados Críticos.
  • Los Grados y Másteres de Centros Adscritos.
  • Los estudiantes pertenecientes a otras universidades españolas o extranjeras que, en virtud de programas de movilidad académica o de convenios establecidos entre las mismas, se encuentren cursando estudios en la URJC.

Para solicitar el reconocimiento de la asignatura Prácticas Externas por experiencia laboral/beca formativa es obligatorio que el/la estudiante se encuentre matriculado/a en la asignatura Prácticas Externas.

Este reconocimiento no supondrá calificación numérica, por lo que no afectará a la nota media de su expediente académico. El reconocimiento no comportará devolución de precios académicos, al no tratarse de una convalidación de la asignatura Prácticas Externas por otra asignatura ya cursada de misma naturaleza o similar, en otros estudios superiores (Grado o Formación Superior).

La experiencia laboral/beca formativa acreditada podrá ser reconocida en sustitución del periodo de prácticas externas que contemple el itinerario formativo de su titulación.

Para la superación de la asignatura Prácticas Externas, se admitirán como experiencia laboral o profesional las actividades desarrolladas por los/las estudiantes en empresas o entidades, cuando hayan mantenido una relación laboral con dichas instituciones, y siempre que las actividades y competencias se ajusten, en tiempo y contenido, al programa de prácticas externas de la titulación correspondiente.

Por su parte, se admitirán como experiencia formativa las becas de colaboración que los/las estudiantes hayan realizado en la URJC, cuando la beca esté vinculada a su área de estudios. Excepcionalmente se admitirán como becas formativas aquellas experiencias en entidades y/o instituciones nacionales y/o internacionales, cuando la estancia haya sido regulada mediante una fórmula acorde a la legislación española, la naturaleza de esta no sea de prácticas académicas y no haya existido posibilidad de que se formalizara mediante el procedimiento establecido en el Reglamento de Prácticas.

En el caso de Máster, la experiencia laboral/beca formativa acreditada por el/la estudiante podrá ser reconocida en sustitución del periodo de prácticas externas que contemple el itinerario formativo de su titulación, siempre y cuando así lo estipule la Memoria de verificación de la titulación de Máster. Dicho reconocimiento no podrá superar el 15% de los créditos totales del Máster (incluidos los de la propia asignatura Prácticas Externas, como los de otras asignaturas eventualmente ya reconocidas por experiencia profesional). La duración en horas de la experiencia profesional/beca formativa debe ser, como mínimo, la exigida en la asignatura de Prácticas Externas, pudiendo existir requisitos más restrictivos dentro de la propia Memoria de verificación de cada titulación de Máster.

ESTUDIANTES DE GRADO DE LA ESCET: A los estudiantes de la ESCET se les recomienda que, antes de presentar la solicitud de reconocimiento por experiencia profesional, consulten al coordinador/a del grado y/o tutor/a académico/a de Prácticas Externas para verificar la posibilidad de este reconocimiento en su titulación de grado.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

La solicitud se presentará a través de la Sede Electrónica. Una vez el/la estudiante acceda con su usuario y contraseña de dominio único URJC (Acceso con usuario corporativo) encontrará en el apartado de “Catálogo de Procedimientos” el trámite “Reconocimiento de la asignatura de Prácticas Externas por Experiencia Profesional “o bien podrá acceder directamente a través del siguiente enlace

El/la estudiante tendrá que cumplimentar el formulario de solicitud que se habilitará y adjuntar la siguiente documentación:

  • Copia del contrato laboral o de la credencial de beca. En caso de ser autónomo/a, tendrá que presentar certificado de alta de autónomos en la Seguridad Social.
  • Informe de vida laboral. En el caso de los estudiantes extranjeros, deberán aportar un documento oficial, no de la propia empresa, que acredite el tiempo de vinculación con la entidad, análogo a la vida laboral emitida en España.
  • Informe de la entidad en el que se haga constar el número de horas realizadas (es suficiente acreditar las equivalentes a la carga lectiva de la asignatura), cargo o puesto ejercido y tareas desempeñadas por el/la estudiante. Los trabajadores por cuenta propia deberán aportar informes de los clientes a los que prestaron servicio o entregaron producto, indicando el número de horas y la actividad realizada para ellos. En ningún caso podrá ser válida la mera declaración o descripción por parte del interesado de sus funciones, dado que se considera parte interesada en el reconocimiento y, además, eso constituye el informe como estudiante.
  • Memoria del/la estudiante detallando las tareas desempeñadas en la entidad y su relación con el plan de estudios cursado. No existe un modelo para esta memoria. Por norma general, se tratará de un documento de 2-3 páginas en el que, a modo de solicitud motivada, el/la solicitante exponga la relación entre las tareas de su trabajo y su plan de estudios, por la que considere que se le debe reconocer la asignatura.

La solicitud de reconocimiento será remitida a la Facultad o Escuela de la URJC de la cual dependa la asignatura Prácticas Externas del solicitante (si es estudiante/a de Grado), o a la Coordinación de su Máster (si es estudiante/a de Máster); y será estudiada y valorada académicamente como superada, rechazada o pendiente de subsanación, por un/-a experto/a académico/a en su titulación. 

La valoración académica será emitida a través de la Sede Electrónica y el/la estudiante recibirá las notificaciones pertinentes en su cuenta de correo electrónico URJC.

En cualquiera de los casos, la Unidad de Prácticas Externas no tiene competencias sobre el reconocimiento de la asignatura Prácticas Externas.

Convalidaciones

Los estudiantes podrán solicitar la convalidación de la asignatura Prácticas Externas cuando hayan cursado un Ciclo Formativo de Grado Superior para el que esté contemplada esta convalidación en su actual plan de estudios. Puede consultar la relación de convalidaciones autorizadas:

En la página del Grado, “Convalidación con titulaciones FP” (apartado de Estudios). *Si no existe dicho apartado, no están contempladas convalidaciones

En esta tabla, si es estudiante de un Doble Grado 

Solicitudes de convalidación: información y plazos. En el caso de la convalidación de la asignatura, no será necesario que el estudiante se encuentre matriculado en la misma durante el curso académico en el que presente la solicitud. La convalidación sólo comportará el abono de un 25% del precio de la matrícula de la asignatura, por lo que, si el estudiante ya hubiera formalizado su matrícula, podrá solicitar una devolución de precios académicos. La convalidación se efectuará con una nota de 5.

Para solicitar la convalidación de Prácticas Externas se debe emplear la aplicación para convalidaciones manuales de la URJC:  convalidaciones manuales

Reglamento de Prácticas Externas   |  Entidades colaboradoras (+ 9.000 convenios firmados)  |  Manual de Evaluación Prácticas Externas

Información y contacto

Sesiones informativas sobre Prácticas Externas

Unidad de Prácticas Externas: Buzón de Consultas: Grado  Máster 
Localización: Rectorado – Delegación Madrid. C/ Quintana, 2 – 3ª planta, 28008 Madrid
Horario de atención presencial:  Mañanas: Lunes a viernes: 10:00 - 14:00 horas

Nuestros investigadores

La Universidad Rey Juan Carlos promueve la colaboración del tejido empresarial y productivo, favoreciendo la colaboración de empresas e instituciones en la investigación y la formación a través de las cátedras de empresa. Además, fomenta la transferencia de conocimiento y la innovación, y ofrece la posibilidad de trabajar en colaboración con los investigadores de la Universidad para buscar soluciones innovadoras.

Más información en investigación.

Estudiantes con prueba de acceso para mayores de 45 años


Podrán solicitar admisión por esta vía los estudiantes que hayan superado la prueba para mayores de 45 años en la Universidad Rey Juan Carlos.

Se reservará un 1% del total de las plazas ofertadas.

Solo podrán solicitar admisión en la fase ordinaria de preinscripción.

Documentación a aportar

La documentación deberá adjuntarse telemáticamente. Durante el curso académico, se solicitará la presentación física de la documentación que no pueda ser comprobada como válida digitalmente.

No se admitirán documentos provisionales, borradores o sin validez legal.

  • En caso de solicitar acceso a grados con Prueba Específica/prueba de nivel de idioma
    • Solicitud de realización de las pruebas
    • Justificante de abono del pago de las tasas de la Prueba Específica/prueba de nivel de idioma.
    • En caso de exención total o parcial de tasas: Documentación que justifique dicha exención (Discapacidad, Familia numerosa...)

Admisión por cambio de campus o modalidad, universidad y/o de estudios universitarios españoles parciales de Grado y de Doble Grado de la URJC

ADMITIDOS (17 de julio a partir de las 12:00 horas)

RECLAMACIÓN CONTRA LA NO ADMISIÓN POR CAMBIO (17 y 18 de julio)

Admisión por cambio de Estudios de Primer y Segundo Ciclo a Grado (Estudiantes URJC)

Según se establece en el Artículo 5 del REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA EL PROCESO DE EXTINCIÓN Y ADAPTACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS AL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR,

Los estudiantes que deseen adaptarse al plan de estudios de las Titulaciones de Grado, además de las normas generales, deberán tener en cuenta que:

  • La Universidad Rey Juan Carlos publicará anualmente las Titulaciones de Grado a las que los estudiantes podrán solicitar la adaptación desde sus respectivas Titulaciones de Licenciatura, Diplomatura, Ingeniería e Ingeniería Técnica.
  • A los estudiantes que se adapten al nuevo plan de estudios no se les computarán las convocatorias agotadas en las asignaturas pendientes de superar del anterior plan.
  • El reconocimiento de créditos de asignaturas cursadas en los planes de procedencia de los estudiantes que se adapten a los correspondientes títulos de Grado a los que se refiere el apartado 1º de este artículo, no comportará coste económico alguno para los mismos.
  • En los planes de estudio de Titulaciones de Grado figurarán tablas de reconocimiento de créditos entre asignaturas del plan o planes a extinguir con el de nueva implantación, para aplicar a los expedientes de los estudiantes que opten por continuar los estudios en la nueva Titulación. La información concreta se facilitará a través de la página Web de la Universidad Rey Juan Carlos (www.urjc.es).

Los estudiantes de los planes a extinguir tendrán garantizada plaza en la nueva Titulación, siempre que cumplan con la normativa de permanencia de la Universidad Rey Juan Carlos.

Aquellos estudiantes de Primer o Segundo Ciclo que no encuentren correspondencia de su titulación con ningún grado, deberán realizar un escrito a la Vicerrectora de Estudiantes, solicitando que se estudie su caso para ver qué titulaciones de grado podrían matricular.

CORRESPONDENCIA ENTRE TITULACIONES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO Y GRADOS URJC

Fechas y plazos

  • SOLICITUDES A GRADOS CON PRUEBA DE NIVEL/IDIOMA:  del 17 al 20 de junio de 2024
  • SOLICITUDES RESTO GRADOS:   del 17 al 28 de junio de 2024
  • ADMITIDOS:  17 de julio a partir de las 12:00 horas
  • MATRÍCULA:  17 de julio de 2024 a partir de las 12:45 horas
  • MATRÍCULA ESTUDIANTES ADMITIDOS DE ABANDONO GRADO CONJUNTO (mismo campus):  deberán matricularse en el plazo que les corresponda según el grado en el que hayan sido admitidos
  • RECLAMACIÓN CONTRA LA NO ADMISIÓN:  17 y 18 de julio de 2024

Solicitudes

SOLICITUD CAMBIO DE CAMPUS O MODALIDAD, UNIVERSIDAD Y/O DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS ESPAÑOLES PARCIALES DE GRADO Y DE DOBLE GRADO DE LA URJC (del 17 al 28 de junio)

FORMAS DE SOLICITUD 

Carácter general 

telemáticamente a través de plataforma habilitada en web 

Estudiantes URJC    Doble Grado     soliciten continuar estudios en uno de los Grados que componen el Doble Grado  (mismo campus)

telemáticamente a través de enlace habilitado para estudiantes de Grado en catálogo de procedimientos de la Sede Electrónica  

Ex-estudiantes URJC

que deseen volver a la URJC  

instancia general a través del catálogo de procedimientos de la Sede Electrónica o presencialmente en cualquiera de los registros de los campus 

Estudiantes SICUE que hayan cursado en la URJC algún curso académico 

instancia general a través del catálogo de procedimientos de la Sede Electrónica o  presencialmente en cualquiera de los registros de los campus 

 

RECLAMACIONES CONTRA LA NO ADMISIÓN: a través de la Sede Electrónica (17 y 18 de julio)

Documentación a entregar

Aquellos estudiantes que soliciten admisión en alguno de los Centros Adscritos a la URJC deberán entregar, además de la documentación requerida, volante de admisión del Centro Adscrito.


Estudiantes URJC


Únicamente deberán entregar documentación aquellos estudiantes que soliciten acceso a grados con Prueba Específica o Requisito de Idioma.

  • Acceso a grados con prueba específica de acceso
    • Justificante de abono del pago de tasas de la Prueba de Evaluación de Aptitud.
    •  Impreso de Solicitud Prueba Específica de Acceso.
  • Nivel de Idioma
    • Si está en posesión de uno de los Títulos Oficiales a nivel internacional que acredite el nivel de inglés que figuren en el ANEXO 1 del documento Requisitos de idioma para admisión a grados impartidos en inglés
      • CERTIFICADO o TÍTULO que acredite dicho nivel.
    • Si debe realizar la prueba de nivel,
      • Justificante de abono del pago de tasas de la Prueba de Evaluación de Aptitud.
      • Impreso de Solicitud Prueba Específica de Acceso.

Resto Estudiantes


  • Certificado Académico Personal de la Universidad de Origen. (no son válidos borradores de las certificaciones, informes académicos, etc.)
  • D.N.I., N.I.E. o pasaporte.
  • Acceso a grados con prueba específica de acceso
    • Justificante de abono del pago de tasas de la Prueba de Evaluación de Aptitud.
    • Impreso de Solicitud Prueba Específica de Acceso.
  • Nivel de Idioma
    • Si está en posesión de uno de los Títulos Oficiales a nivel internacional que acredite el nivel de inglés que figuren en el ANEXO 1 del documento Requisitos de idioma para admisión a grados impartidos en inglés.
      • CERTIFICADO o TÍTULO que acredite dicho nivel.
    • Si debe realizar la prueba de nivel,
      • Justificante de abono del pago de tasas de la Prueba de Evaluación de Aptitud.
      • Impreso de Solicitud Prueba Específica de Acceso.
  • En el caso de solicitar Titulaciones de la URJC que habiliten para el Ejercicio de Actividades Profesionales deberán presentar, además, Nota de acceso/admisión para el estudio solicitado.

Matrícula y traslado de expediente

En el caso de ser admitido el estudiante deberá:

  • Estudiantes URJC que hayan sido admitidos en otra titulación URJC, deberán realizar Convalidación automática de asignaturas  ANTES de formalizar la matrícula (siempre que exista tabla).
  • Estudiantes URJC que NO tengan tabla de convalidación automática, una vez formalizada la matrícula podrán solicitar la convalidación a través del siguiente enlace Convalidación manual de asignaturas
  • Estudiantes provenientes de otras universidades, una vez formalizada la matrícula, podrán solicitar la convalidación a través del siguiente enlace Convalidación manual de asignaturas
Una vez matriculados deben realizar el trámite administrativo de Traslado de Expediente Académico ANTES del 30 de septiembre. La obtención de la plaza quedará sin efecto si el o la estudiante no realiza este trámite. (Artículo 6 de la Normativa de admisión por cambio de campus o modalidad, universidad y/o de estudios universitarios españoles parciales de Grado y de Doble Grado de la Universidad Rey Juan Carlos).
  • Traslado de la URJC a otro campus o titulación de la URJC: deberán solicitar el trámite a través del enlace habilitado en la sede electrónica, donde podrán adjuntar la carta de Admisión y solicitar el recibo de pago de la tasa de traslado de expediente. 
  • Traslado de otra Universidad a la URJC: con la carta de admisión o recibo de matrícula, acudir a su universidad de origen para solicitar el pago de las tasas de traslado de expediente, que deberán justificar en la URJC. 

OFERTA PLAZAS CAMBIO DE CAMPUS O MODALIDAD, UNIVERSIDAD Y/O DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS ESPAÑOLES PARCIALES DE GRADO Y DE DOBLE GRADO DE LA URJC CURSO 2024-25

Aquellos estudiantes que deseen solicitar plaza en aquellas titulaciones que no se ofertan por Traslado para el curso deberán solicitarlo vía preinscripción.

Titulaciones de la URJC que habilitan para el ejercicio de actividades profesionales

  • Grado en Medicina
  • Grado en Odontología
  • Grado en Terapia Ocupacional
  • Grado en Enfermería
  • Grado en Farmacia
  • Grado en Fisioterapia
  • Grado en Educación Infantil
  • Grado en Educación Primaria
  • Grado en Ingeniería Aeroespacial en Aeronavegación
  • Grado en Ingeniería Aeroespacial en Transporte y Aeropuertos
  • Grado en Ingeniería Aeroespacial en Vehículos Aeroespaciales
  • Grado en Ingeniería en Sistemas Audiovisuales y Multimedia
  • Grado en Ingeniería en Sistemas de Telecomunicación
  • Grado en Ingeniería Telemática
  • Grado en Ingeniería Mecánica
  • Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática
  • Grado en Ingeniería Química

 

Ingreso - Convalidación parcial de estudios extranjeros

Directrices de la Universidad Rey Juan Carlos para la Convalidación Parcial de Estudios Universitarios Extranjeros


Fechas para solicitar la Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros para el curso 2025/2026

Plazo de solicitudes: del 3 de marzo al 30 de abril de 2025. Ambos inclusive.

Dirección de correo electrónico para consultas de admisión por convalidación parcial de estudios extranjeros

Plataforma de solicitud de admisión por convalidación parcial de estudios extranjeros

Guía de procedimiento de presentación de solicitudes por la plataforma

Titulaciones ofertadas para la vía de acceso a grado por convalidación parcial de estudios extranjeros - Curso 2025-2026

Fechas de matrícula: del 8 al 10 de septiembre de 2025 podrán realizar la matrícula en la secretaría de alumnos de la facultad correspondiente los estudiantes que hubieran resultado admitidos por convalidación parcial de estudios extranjeros.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En cumplimiento de la normativa vigente, y ante la creciente movilidad de los estudiantes, ya existente con anterioridad pero que ha sufrido un aumento importante tras la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior, se ve necesario actualizar la reglamentación de un tipo de acceso cada vez con más solicitudes, como es el acceso por Convalidación Parcial de estudios Extranjeros.

Debido a la implantación progresiva de las titulaciones de Grado en la Universidad Rey Juan Carlos, sólo será efectiva la Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros para aquellas titulaciones, para aquellos cursos y para aquellas asignaturas que estén implantadas en ese curso académico de la resolución de admisión.

Teniendo en cuenta la legislación vigente, se encuentra necesario, desde la Universidad Rey Juan Carlos realizar las siguientes Directrices para la Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros.

LEGISLACIÓN APLICABLE

Para el desarrollo de estas Directrices se tiene que tener en cuenta la siguiente normativa:

  • Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
  • Acuerdo de 25 de octubre de 2004, del Consejo de Coordinación Universitaria, por el que se establecen los criterios generales a que habrán de ajustarse las universidades en materia de convalidación y adaptación de estudios cursados en centros académicos españoles o extranjeros.
  • Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
  • Reglamento de la Universidad Rey Juan Carlos para las convalidaciones, reconocimiento y transferencia de créditos en grados universitarios.
  • Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión

Art.1- ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las presentes directrices serán de aplicación para las solicitudes de admisión solicitadas a través de Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros por estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales, o totales que no hayan obtenido la homologación de su título en España.

Art. 2- REQUISITOS

2.1.- Los estudiantes estarán en disposición de solicitar Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Cuando los estudios extranjeros de educación superior realizados cumplan los criterios que fije el Consejo de Universidades y no hayan concluido con la obtención del correspondiente título.
  • Cuando los estudios extranjeros de educación superior realizados, cumplan los criterios que fije el Consejo de Universidades, hayan concluido con la obtención de un título extranjero, y el interesado no haya solicitado la homologación del mismo por un título universitario oficial español.
  • Cuando habiéndose solicitado la homologación del título extranjero, ésta haya sido denegada, siempre que la denegación no se haya fundado en alguna de las causas recogidas en el artículo 4.2.b).c) y d) del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre de 2022 (BOE de 19 de octubre), por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior.

2.2.- Los estudiantes podrán solicitar Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros en la Universidad Rey Juan Carlos para las Titulaciones de Grado, sabiendo que, debido a la implantación progresiva de las mismas, ni todos los cursos, ni todas las asignaturas del plan pueden estar activadas hasta la implantación total de la titulación.

2.3.- Únicamente se podrán reconocer/convalidar las asignaturas superadas por el estudiante siempre que el contenido y la carga lectiva sean equivalentes a las correspondientes asignaturas incluidas en un plan de estudios conducente a la obtención de un título oficial al que pretende acceder.

2.4.- Las solicitudes de plazas de estudiantes con estudios universitarios extranjeros, parciales o completos, se resolverán por el Rector de la Universidad de acuerdo con las siguientes reglas:

  • La admisión de estudiantes a los que se convalide un mínimo de 30 créditos, se hará de acuerdo con las plazas disponibles.Las plazas a cubrir por este sistema serán hasta un máximo del 1% de la oferta general de plazas en el curso anterior en las titulaciones que indique el Vicerrectorado de Estudiantes. El orden de adjudicación para todos aquellos estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos será el siguiente:
    • Mayor número de créditos reconocidos.
    • Nota media del expediente académico.
  • Los estudiantes que no obtengan admisión por convalidación parcial deberán superar la prueba de acceso a las universidades españolas, salvo que los estudios preuniversitarios que les hubiesen sido homologados o convalidados den acceso directo a la universidad sin necesidad de superar pruebas de acceso, sin perjuicio de las prioridades temporales y criterios de valoración establecidos en el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.

2.5.- Para la homologación de estudios preuniversitarios y de bachillerato, los estudiantes deberán dirigirse al Ministerio de Educación.

Art. 3- PROCEDIMIENTO

3.1.- Los interesados solicitarán la admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros, en el plazo establecido, a través de la plataforma informática de solicitud de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros, de acuerdo con lo establecido en estas directrices.

3.2.- Revisada por el Vicerrectorado de Estudiantes la documentación presentada por el interesado en su solicitud de acceso a grado por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros, y estando completa la misma, desde el ámbito de la Facultad o de la Escuela correspondiente a la que pertenezca la titulación solicitada se propondrá qué asignaturas, de las incluidas en su solicitud, son susceptibles de convalidación y cuáles no.

En caso de falta de documentación, se le solicitará la misma al interesado, teniendo un plazo de 15 días para subsanar los errores y las faltas de documentación apreciados. Si en el plazo establecido no se presenta la documentación solicitada, se entenderá como desistida por el interesado la solicitud de acceso a grado por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros.

3.3.- La Facultad o Escuela correspondiente propondrá las posibles convalidaciones de asignaturas antes del 15 de junio.

3.4.- En el caso de resultar admitido en el grado solicitado, el estudiante tendrá que dirigirse, en las fechas establecidas para ello, a la Secretaría de Alumnos de la Facultad o Escuela en la que se imparta la titulación en la que ha sido admitido para formalizar la matrícula aportando en ese momento original y fotocopia de los siguientes documentos:

  • D.N.I., Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Certificado acreditativo del nivel y clase de estudios que se pretende convalidar y donde consten las asignaturas cursadas y aprobadas  (Certificado Académico) legalizado por vía diplomática o con la apostilla de La Haya.

Una vez que el estudiante haya realizado la matrícula deberá abonar las tasas que,  en concepto de estudio de las solicitudes de  convalidación de los estudios realizados en centros extranjeros y de la convalidación de asignaturas, establezca para el curso académico 2025-26 el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, mediante el Decreto correspondiente por el que se fijen los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid.

3.5.- En el caso de no cumplir alguno de los requisitos legalmente establecidos, o no tener convalidados/reconocidos el número mínimo de créditos fijado por la normativa vigente o no haber resultado adjudicatario de una plaza en el grado solicitado, el estudiante recibirá una resolución negativa.

En este caso podrá ejercer su derecho a la reclamación según lo establecido en la resolución recibida, ante el Vicerrectorado de Estudiantes.

Art. 4- PLAZOS

4.1.- El plazo de presentación de solicitudes de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros será establecido por la Universidad Rey Juan Carlos para cada curso académico, y publicado a través de la página Web de la universidad una vez aprobado el mismo.

4.2.- La Solicitud de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros será previa a la matrícula, ya que la resolución favorable de la misma es la que da acceso a los estudios solicitados.

4.3.- La resolución favorable de la solicitud de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros quedará sin efecto si el interesado no formaliza la matrícula en el curso académico en el que le fue concedida, o en el siguiente curso académico inmediatamente posterior.

Art.5- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

5.1.- Todos los documentos que se presenten deberán ser oficiales, expedidos por una autoridad competente y legalizados por vía diplomática, en las Embajadas o Consulados de España existentes en cada país de donde procedan los documentos, y con el visto bueno del Ministerio de Asuntos Exteriores de España (no será preciso el visto bueno de Ministerio de Asuntos Exteriores de España en los documentos debidamente legalizados que tengan incorporada la etiqueta transparente de seguridad sobre la última firma de legalización). Se acompañará, en su caso, de su traducción al español realizada por un Traductor Jurado o por un Representante Diplomático.

No necesitarán el visto bueno del Ministerio de Asuntos Exteriores de España los documentos que habiendo sido expedidos en países que han suscrito el Convenio Andrés Bello (Bolivia, Colombia, Chile, Cuba, Ecuador, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela) hubieran sido legalizados por vía diplomática con fecha anterior al 10 de junio de 2013..

No es necesaria la legalización para los documentos expedidos en países de la Unión Europea y espacio Económico Europeo, ni los documentos que estén sellados con la “APOSTILLE” (Convenio de La Haya).

5.2.- La documentación a presentar por el interesado, en su solicitud telemática a través de la plataforma informática de solicitud de admisión por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros, es la siguiente:

  • D.N.I., Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Certificado acreditativo del nivel y clase de estudios que se pretende convalidar y donde consten las asignaturas cursadas y aprobadas (Certificado Académico).
  • Declaración de Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico de estudios cursados en el extranjero, otorgada por el Ministerio español de Universidades. Esta declaración se solicita en la dirección web: https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/Equivalencia_notas_medias
  • Plan de estudios o cuadro de materias, expedido o publicado por el Centro correspondiente, comprensivo de las asignaturas que se exigen para alcanzar la titulación de origen que se pretende convalidar, sellado por el centro de procedencia.
  • Programa de cada una de las asignaturas a convalidar, en el que figure el contenido y la amplitud con que han sido cursadas, sellado por el centro de procedencia.
  • En caso de estudios parciales, declaración jurada de no haber finalizados los estudios que se quieren convalidar.
  • En caso de estudios totales:
    • Denegación de homologación del Ministerio de Universidades, por causa distinta de las mencionadas en el artículo 4.2.b).c) y d) del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre de 2022 (BOE de 19 de octubre), en la que conste expresamente la posibilidad de convalidar parcialmente
    • Declaración jurada de que no se ha iniciado simultáneamente un procedimiento de homologación del título en España..

5.3.- Para grados impartidos en idioma español, los estudiantes con nacionalidad de países no hispanohablantes que además procedan del sistema educativo de un país cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar un nivel B2 en español mediante el certificado correspondiente expedido por una de las entidades autorizadas (dicho certificado acreditativo de nivel de idioma español deberá ubicarse en la plataforma de solicitud en el apartado “Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico” en un único archivo junto con el documento de Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico).

Para grados impartidos en inglés será necesario acreditar un nivel mínimo B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), mediante el certificado correspondiente expedido por una de las entidades autorizadas (dicho certificado acreditativo de nivel de idioma inglés deberá ubicarse en la plataforma de solicitud en el apartado “Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico” en un único archivo junto con el documento de Equivalencia de la Nota Media del Expediente Académico)

Art. 6- RESOLUCIÓN

6.1.- Finalizada la fase de propuesta de asignaturas susceptibles de convalidación desde las Facultades o Escuelas correspondientes, el Vicerrectorado de Estudiantes determinará si cada solicitud concreta de admisión a grado por convalidación parcial de estudios extranjeros cumple o no los requisitos para ser adjudicataria de alguna de las plazas disponibles.

6.2.- El Rector emitirá una carta de aceptación o denegación de la solicitud de admisión a grado por Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros que será remitida al interesado.

6.3.- Los interesados podrán formular las reclamaciones que estimen oportunas ante el Vicerrectorado de Estudiantes.

DISPOSICION TRANSITORIA

Teniendo en cuenta la progresiva implantación de los Grados en la Universidad Rey Juan Carlos, los estudiantes que accedan a estos estudios sólo podrán matricular las asignaturas que estén ofertadas.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Las presentes directrices, y los actos administrativos derivados de su aplicación podrán ser impugnados en los plazos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015.

Ingreso - Requisitos formativos complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros

DIRECTRICES DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PREVIOS A LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS (Aprobadas por Consejo de Gobierno de fecha 27 de mayo de 2011)


Fechas para solicitar admisión para Requisitos Formativos Complementarios previos a la homologación de Títulos extranjeros en el curso 2025/2026

Plazo de solicitudes: del 3 de marzo al 30 de abril de 2025. Ambos inclusive.

Impreso de Preinscripción (imprimir y cumplimentar 2 copias)

El impreso de preinscripción así como el resto de la documentación, la puede entregar por medio de la sede electrónica de la URJC -dirigido al Servicio de Gestión Académica de Estudiantes de Grado -, o bien en cualquiera de los registros de la URJC

Dirección de correo electrónico para consultas de admisión para Requisitos Formativos Complementarios (homologación títulos extranjeros)

Fechas de matrícula: del 8 al 10 de septiembre de 2025 podrán realizar la matrícula en la secretaría de alumnos del campus correspondiente los estudiantes que hubieran resultado admitidos para realizar los requisitos formativos complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros.

  • Tasa derechos de examen una vez admitido: 145,36 €
  • Odontología: Existe una convocatoria específica. (Pendiente de confirmación)
  • Psicología: No se admitirán solicitudes hasta que el nuevo plan no quede implantado al 100% (previsiblemente, para 2027-28)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En cumplimiento de la normativa vigente, y ante la creciente movilidad de los estudiantes que ha sufrido un aumento importante tras la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior, se ve necesario actualizar las Directrices para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios previos a la Homologación de títulos Extranjeros.

Debido a la implantación progresiva de las titulaciones de Grado, y la paulatina extinción de las titulaciones de Primer y Segundo Ciclo en la Universidad Rey Juan Carlos, sólo se podrá admitir a los estudiantes para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios en aquellas titulaciones de Grado que estén implantadas en su totalidad, y en aquellas titulaciones de primer y Segundo Ciclo que no se hayan extinguido, según la normativa vigente.

LEGISLACIÓN APLICABLE

Para el desarrollo de estas Directrices se tiene que tener en cuenta la siguiente normativa:

  • Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
  • ORDEN ECD/2654/2015, de 3 de diciembre, por la que se dictan normas de desarrollo y aplicación del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, en lo que respecta a los procedimientos para la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior.
  • Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.
  • Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión

Art. 1 – ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las presentes directrices serán de aplicación para las solicitudes de estudiantes con estudios universitarios extranjeros totales que, tras solicitar la homologación de su título en el Ministerio de Educación de España, tienen que realizar unos Requisitos Formativos Complementarios.

Art. 2 – PROCEDIMIENTO

2.1.- En el caso de que un estudiante tenga totalmente superados sus estudios universitarios en una universidad de un país extranjero, y quiera homologar su título de educación superior para que éste tenga validez en todo el territorio español, ha de solicitar la homologación al Ministerio de Educación (Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones).

2.2.- Si la homologación del título extranjero de educación superior ha quedado condicionada a la superación de unos Requisitos Formativos Complementarios, y el título oficial español que se pretende homologar es alguno de los que se imparten en la Universidad Rey Juan Carlos, el interesado presentará, en los plazos establecidos, junto con toda la documentación necesaria, la solicitud de admisión correspondiente a través del Registro General o a través de los registros Auxiliares de la Universidad Rey Juan Carlos, de acuerdo con lo establecido en estas directrices.

El plazo de presentación de solicitudes será establecido por la Universidad Rey Juan Carlos para cada curso académico, y publicado en la página Web.

2.3.- Si se trata de una titulación de primer y Segundo Ciclo no debe estar extinguida en su totalidad, y si se trata de una titulación de Grado debe estar totalmente implantada.

2.4.- Una vez recibida y estudiada la solicitud del estudiante para la realización de estos Requisitos Formativos Complementarios, el solicitante recibirá la resolución correspondiente en la que se comunicará si está o no admitido.

2.5.- En el caso de estar admitido, el estudiante tendrá que realizar la matrícula en la secretaría de alumnos del campus en el que se impartan los estudios de los cuales tiene que realizar los Requisitos Formativos Complementarios, y abonar las tasas correspondientes.

2.6.- Una vez realizada la matrícula, el estudiante se dirigirá al Decanato de la Facultad o a la Dirección de la Escuela para que le informen de la composición del Tribunal Calificador, y le faciliten las pautas para poder presentarse a la prueba correspondiente para superar estos Requisitos Formativos Complementarios.

2.7.- Cuando las calificaciones sean firmes, el Vicerrectorado de Estudiantes enviará al Ministerio de Educación, para su incorporación a los respectivos expedientes, el acta de calificaciones de cada uno de los aspirantes evaluados, una vez hayan superado la totalidad de las materias objeto de los requisitos formativos complementarios, y con los resultados obtenidos.

Art. 3 – RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

3.1.- Finalizadas las pruebas de los Requisitos Formativos Complementarios, el Tribunal Calificador presentará en la secretaría de alumnos del campus correspondiente el acta de calificación de los estudiantes matriculados, firmada por todos los miembros del mismo, con los resultados obtenidos con la calificación de “apto” o “no apto”.

3.2.- La Facultad o Escuela comunicará la calificación obtenida a los interesados, y la calificación final de “apto” o “no apto” en los Requisitos Formativos Complementarios.

3.3.- En el supuesto de que la prueba no sea superada, o sólo sea superada parcialmente, el interesado podrá completar la total superación de la misma en sucesivas convocatorias. No obstante una vez agotadas las convocatorias anuales, el estudiante podrá presentarse en posteriores cursos académicos volviendo a realizar los trámites establecidos en estas directrices.

En cuestión de matrícula, convocatorias y permanencia, el estudiante se tendrá que regir por lo establecido en la normativa vigente, tanto la normativa general, como la propia de la Universidad Rey Juan Carlos.

3.4.- Una vez publicada el acta, los interesados podrán solicitar un certificado individual que acredite el resultado de las pruebas, previo pago de los correspondientes precios públicos.

Art. 4 – RECLAMACIONES

4.1.- En el caso de no ser admitido para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios, el estudiante podrá presentar la reclamación correspondiente ante el Vicerrectorado de Estudiantes, en el plazo establecido en la carta de resolución a su petición.

4.2.- El estudiante que realice la prueba correspondiente a los Requisitos Formativos Complementarios, una vez le sean comunicadas las calificaciones, podrá formular las reclamaciones que estimen oportunas, aplicándose al respecto el procedimiento de revisión y reclamación de la Universidad Rey Juan Carlos, con las adaptaciones que sean precisas dada la especificidad de estas pruebas.

Art. 5 – ESTRUCTURA DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS

5.1.- Cada año la Universidad Rey Juan Carlos establecerá cuales de los Requisitos Formativos Complementarios establecido por el Ministerio de Educación realizará.

  • La superación de una prueba de aptitud.
  • La realización de un período de prácticas.
  • La realización de un proyecto o trabajo.
  • La asistencia a cursos tutelados.

5.2.- Los Requisitos Formativos Complementarios versarán sobre la totalidad de las asignaturas en las que se organicen las materias troncales establecidas en los Reales Decretos reguladores de las directrices generales propias de los planes de estudios de cada título universitario al que se solicite la homologación.

5.3.- La fecha y lugar para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios serán fijadas por el centro correspondiente.

5.4.- Los diferentes Centros de la Universidad Rey Juan Carlos deberán tener disponible los programas objeto de realización de requisitos formativos complementarios.

5.5.- Quienes hayan realizado Requisitos Formativos Complementarios en otra Universidad, y deseen presentarse en la Universidad Rey Juan Carlos, deberán presentar por escrito la solicitud correspondiente, indicando que han realizado Requisitos Formativos Complementarios en otra Universidad.

Una vez autorizado el acceso solicitarán de la Universidad de origen la remisión de su expediente a la Universidad Rey Juan Carlos, al Servicio de Gestión Académica de Estudiantes de Grado, en el que se indicará como mínimo las materias superadas en la universidad de procedencia, con indicación de las convocatorias agotadas, así como la Resolución del Ministerio que condiciona su homologación a la superación de estos Requisitos Formativos Complementarios.

Art. 6 – PLAZOS

6.1.- El plazo de presentación de solicitudes de la admisión para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios será establecido por la Universidad Rey Juan Carlos para cada curso académico, y publicado a través de la página Web de la universidad una vez aprobado el mismo.

6.2.- La resolución favorable de admisión para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios quedará sin efecto si el interesado no formaliza la matrícula en el curso académico en el que le fue concedida.
6.3.- Quienes no presenten los documentos requeridos, en las condiciones, forma y plazos establecidos serán excluidos de la convocatoria para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios.

Art. 7 – DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

7.1.- La documentación a presentar por el interesado es la siguiente:

  • Instancia de solicitud de Requisitos Formativos Complementarios, conforme al modelo normalizado de la Universidad Rey Juan Carlos.
  • Original y fotocopia o fotocopia compulsada del D.N.I., Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Original y fotocopia, o fotocopia compulsada de la Resolución definitiva del Ministerio de Educación que condiciona la homologación del título a la superación de los Requisitos Formativos Complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros.

7.2.- Para los estudiantes que no sean nacionales de Estados que tengan como lengua oficial el castellano, la Universidad Rey Juan Carlos podrá establecer la prueba de idioma que consideren oportuna.

Art. 8- TRIBUNAL CALIFICADOR

8.1.- Al comienzo de cada curso académico el Decano de cada Facultad o el Director de cada Escuela de la Universidad Rey Juan Carlos deberá nombrar un Tribunal Calificador.

8.2.- El Tribunal Calificador estará constituido por cinco docentes numerarios que pertenezcan a aquellas áreas de conocimiento con las que se encuentren vinculadas las materias del título solicitado. Siempre que sea posible, cada uno de los miembros pertenecerá a un área diferente. En todo caso, y como máximo, podrá haber dos miembros de la misma área de conocimiento en el Tribunal.

8.3.- Para que el Tribunal Calificador actúe válidamente deberán estar presentes al menos tres de sus miembros, siendo uno de ellos el Presidente.

8.4.- Las decisiones del Tribunal Calificador se adoptarán por mayoría simple.

8.5.- El Tribunal Calificador comunicará al Decanato de la Facultad o a la Dirección de la Escuela la resolución adoptada por el Tribunal Calificador, y los resultados de cada uno de los interesados, para que desde la Facultad o Escuela se informe a los interesados.

Así mismo, el Tribunal Calificador presentará, en la secretaría de alumnos del centro, el acta de calificación de los estudiantes matriculados en los Requisitos Formativos Complementarios, firmada por todos los miembros, con el resultado y la calificación de “apto” o “no apto”.

DISPOSICIONES ADICIONALES

La presente resolución y los actos administrativos derivados de su aplicación podrán ser impugnados en los plazos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos

Legislación Aplicable

RD 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

ORDEN ECD/2654/2015, de 3 de diciembre, por la que se dictan normas de desarrollo y aplicación del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, en lo que respecta a los procedimientos para la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior

Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión

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