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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS CURSO 2011-12
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Universidad Rey Juan Carlos en el ejercicio de sus fines reconoce la promoción y fomenta el asociacionismo entre los estudiantes de la Universidad, actuando de acuerdo con los principios básicos de publicidad, concurrencia y objetividad, y garantizando para ello la concesión de ayudas conforme a la normativa siguiente:
DISPONGO
Artículo 1
Se convocan ayudas para sufragar gastos ocasionados por las actividades que, las Asociaciones de Estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos, realicen en la consecución de sus fines.
Artículo 2
Podrán solicitar estas ayudas, todas las Asociaciones que figuren en el Registro de Asociaciones de la Universidad Rey Juan Carlos, y aquellas que estén en trámites de legalización, siempre que cumplan todos los requisitos de legalización.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Artículo 3
Las asociaciones interesadas deberán entregar la siguiente documentación:
Convocatoria Curso 2011/2012:
- Impreso de solicitud adjunto
a la convocatoria (ANEXO I)
- Memoria de las actividades a realizar durante el año 2011-2012
- Presupuesto de las actividades a realizar durante el año 2011-2012
- Junta Directiva actual de la Asociación.
- Memoria de las actividades realizadas en el curso académico anterior
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Artículo 4
Las solicitudes deberán dirigirse al Excmo/a. Sr/a. Vicerrector/a de Alumnos de la Universidad Rey Juan Carlos, presentándose en el Registro de los distintos Campus de la Universidad Rey Juan Carlos.
Artículo 5
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el 21 de noviembre o el primer día hábil a esta fecha y finalizará el 21 de diciembre o en su caso el primer día hábil siguiente al día 21.
VALORACIÓN DE SOLICITUDES
Artículo 6
Criterios:
- Carácter y ámbito de influencia sociocultural de la Asociación
- Importancia y relevancia de las actividades a realizar y las realizadas en cursos académicos anteriores.
- Documentación que acompañe a la solicitud que acredite las actividades que se van a realizar.
- Proporción de la subvención solicitada respecto al coste total previsto.
Artículo 7
La decisión de aprobación de estas ayudas la tomará la Comisión de Asociacionismo.
Artículo 8
La resolución definitiva de concesión, será notificada a cada una de las Asociaciones donde se expresará la cuantía, finalidad y cuantos extremos sean necesarios para su adecuada aplicación.
Artículo 9
Una vez concedida la ayuda, la Universidad, a través del Vicerrectorado de Alumnos y los miembros de la Comisión de Asociacionismo procederán al seguimiento y control de la subvención para comprobar que ésta se adecua a los fines propuestos.
Desde el Vicerrectorado de Alumnos se transferirán las ayudas concedidas a cada una de las cuentas corrientes de las Asociaciones.
Artículo 10
Las asociaciones deberán conservar los documentos acreditativos de las ayudas concedidas (facturas originales) para justificar ante la Universidad.
Toda factura deberá tener los
siguientes requisitos:
- Nombre y apellidos o denominación social de quien emite la factura.
- Número de identificación fiscal (NIF)
- Domicilio del empresario o profesional, y del destinatario.
- Número de factura.
- CIF de la asociación
- Lugar y fecha de emisión.
- Concepto: debe especificar el objeto del gasto
Se adjuntará a las facturas todo tipo de documentación adicional que amplíe la información sobre las actividades realizadas (folletos, carteles, fotos, etc………)
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Artículo 10
Estarán obligados a:
- Realizar la actividad.
- Acreditar ante la
Universidad Rey Juan Carlos la realización de la actividad, así como el
cumplimiento de los requisitos y condiciones que determine la concesión y
disfrute de la subvención.
- Sometimiento a las
actuaciones de comprobación a efectuar por la Universidad Rey Juan Carlos y a
las de control de la actividad económico financiera que corresponda a la
Intervención de la URJC.
REINTEGRO
Artículo 11
Los beneficiarios de la subvención cuyo destino no se justifique de conformidad con lo establecido en la presente convocatoria, estarán obligados a reintegrar a la Universidad Rey Juan Carlos el importe recibido en la siguiente cuenta 2038 5903 26 6000068159 indicando en la transferencia ‘Devolución de la Asociación (nombre de la Asociación) de (Centro) y enviar fotocopia del ingreso al Vicerrectorado de Alumnos, Edificio Rectorado, C/ Tulipán s/n, 28933 Móstoles.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión, podrán dar lugar a la modificación de la subvención otorgada o al reintegro de las cantidades percibidas.
EL VICERRECTOR DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS
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