REGLAMENTO FUNCIONAMIENTO INTERNO

1. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES

1.1 COMISIÓN ACADÉMICA DE GESTIÓN

La Comisión Académica de Gestión del CAT es el órgano que preside el Centro y está formada por:

·          D. Rafael van Grieken Salvador – Presidente.

      Vicerrector de Investigación y Desarrollo

·          D. José María Bethencourt Fontenla – Vocal.

      Gerente General

·          D. José Antonio Calles Martín – Vocal.

      Representante del Campus de Móstoles

·          D. Luis Alberto Hernando Cuadrado – Vocal.

      Representante del Campus de Fuenlabrada

·          Dña. Ana Isabel Cid Cid – Vocal.

      Representante del Campus de Vicálvaro

·          D. Antonio Coloma Jerez – Vocal.

      Representante del Campus de Alcorcón

·          D. Luis Pastor Pérez – Vocal.

      Representante de usuarios del CAT

·          D. Jesús Rodríguez Pérez – Vocal.

      Representante de usuarios del CAT

·          D. José Schneider Fontán – Vocal.

Representante de usuarios del CAT

·          D. Andrés López Mirón – Invitado.

            Director del CAT

Las funciones de la Comisión Académica de Gestión son:

·          Definir las directrices del Centro.

·          Proponer las tarifas del Centro.

·          Proponer los presupuestos del Centro.

·          Aprobar las compras de equipamiento relevante.

·          Supervisar la gestión administrativa del Centro.

Para todo esto, la comisión se reunirá con el Director con carácter periódico, delegando en una comisión permanente entre reuniones, con capacidad suficiente para el seguimiento diario del Centro. Estará constituida por  los siguientes miembros:

·          D. Jesús Rodríguez Pérez.

·          D. José Antonio Calles Martín.

·          D. Luis Pastor Pérez.

Los miembros natos de la Comisión Académica de Gestión, así como de la Comisión Permanente, tienen una validez de 2 años, renovándose los cargos en la próxima Comisión Académica de Gestión.

1.2 DIRECCIÓN DEL C.A.T

Como Responsable del Centro, realiza, entre otras, las siguientes funciones:

·          Informar  a la Comisión Académica de Gestión.

·          Dirigir el Centro.

Como director, es responsable de todas las funciones inherentes a su cargo, además de asumir la jefatura de Calidad en el LICAM.

Como DIRECTOR, y en dependencia de la  Comisión Académica de Gestión, asume las funciones siguientes:

·          Organización de las Unidades, Laboratorios y Plantas.

·          Expansión Comercial del Centro.                

·          Gestión y seguimiento de los proyectos.

·          Distribución de los trabajos.

·          Aprobar y visar las compras menores.

En su función de Garantía de Calidad del LICAM, es responsable de:

·          Emisión y revisión (según proceda) del MANUAL de CALIDAD.

·          Programación, planificación y realización de las Auditorías Internas.

·          Supervisión e implantación de acciones correctivas.

·          Gestionar los ensayos de intercomparación.

·          Mantener los registros de los equipos.

1.3 RESPONSABLE  DE UNIDAD

Depende directamente del Director del CAT.

Entre otras, sus funciones son:

·          Mantenimiento y calibración de los equipos de ensayos, medida y observación adscritos a su área.

·          Establecer los modelos de informes finales.

·          Adjudicar trabajos parciales o totales a los Técnicos especialistas, según el volumen y complejidad de la analítica, ensayo, montaje o preparación a realizar.

·          Supervisión de los trabajos de los Técnicos.

·          Ejecución de ensayos y observaciones en equipos complejos.

1.4 TÉCNICO ESPECIALISTA

Depende directamente del Responsable de Unidad o Laboratorio para el que está efectuando el ensayo, análisis, preparación o montaje.

Sus funciones son:

· Realización de los ensayos, analíticas, preparaciones o montajes que se le encomiendan.

· Emisión de los Protocolos de Resultados de los ensayos rutinarios.

· Colaboración con los Responsables de Unidad en el mantenimiento y calibración de los equipos e instrumentos de ensayo y observación que utiliza.

· Mantenimiento de los equipos de menor complejidad, herramientas y almacenaje de los fungibles a su cargo. 

2.     TARIFAS DE UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS CENTRALES Y LABORATORIOS DEL CAT        

Se establecen para el año 2005 las tarifas reflejadas en el cuadro anexo:

Estas tarifas contemplan diferentes tipos de cliente en función de su relación con la Universidad.

Tarifa 1: Entidades Privadas: Empresas ajenas a la Universidad a las que se les aplica el 100% de la tarifa.

Tarifa 2: Organismos Oficiales: Otras Universidades u Organismos Públicos que pueden acceder a los servicios que presta el CAT. Se les aplica una reducción del 50% sobre la Tarifa 1.

Tarifa 3U.R.J.C.: Departamentos o Grupos de Investigación con financiación propia, que acceden a los servicios con una reducción del 80% sobre la Tarifa 1.
 

3.     PROCEDIMIENTO DE UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DEL CAT Y FINANCIACIÓN DEL MISMO

Con el fin de organizar las horas disponibles de los equipos de los servicios centrales, tanto  los clientes externos, como  los internos, dispondrán de una solicitud que incluye las tarifas de los servicios, así como las condiciones generales de uso. El modelo de solicitud se encuentra en la página web del CAT o en el mismo centro.

Esta solicitud de servicio será remitida o entregada por el usuario al CAT, debidamente cumplimentada, firmada y sellada, lo que supone la aceptación de las tarifas y condiciones de la misma. La administración del CAT adjudica un número de expediente a la solicitud, integrando sus datos en la base del CAT, quedando reservado de esta manera el servicio. La Solicitud se confirma al cliente especificando el día, hora y condiciones del ensayo y/u observación.

Con el fin de priorizar el uso de las instalaciones en función del usuario, la Comisión Académica de Gestión del CAT, dispone el siguiente baremo de disposición horaria:

Usuarios con Tarifa 3: 60% de disposición.

Entidades Privadas y Organismos Oficiales con Tarifa 1 ó 2: 40% de disposición.

Una vez terminado el servicio, la administración del CAT pasará una Orden de cobro a la Vicegerencia de Asuntos Económicos del Rectorado de la URJC, que será la encargada de emitir la factura definitiva en los casos que generen IVA, es decir, Tarifas 1 y 2.

En el caso de los usuarios de la URJC (Tarifas 3), el procedimiento será el siguiente:

Ante una Solicitud de Servicio al CAT por parte de un profesor (con cargo a un proyecto), y tras cumplimentar la solicitud, se abre un expediente. A éste se asocian unas “hojas de detalle de servicio”, una por cada técnica solicitada (TEM, SEM, DRX, RMN, etc.).

Cada vez que el profesor, como director de un proyecto, o alguien de su equipo necesita de esos servicios “contratados” al CAT, se registra el detalle de servicio.

Periódicamente se emite una Orden de Cobro al profesor “contratante” por aquéllos servicios que el CAT le ha prestado y de acuerdo con las anotaciones visadas por ambas partes y registradas en las “hojas de detalle”.

La Orden de Cobro que se emita tendrá que ir firmada por el Responsable de Técnica (cada área o departamento nombrará un responsable de técnica que será el interlocutor inmediato con el CAT), por el Director del CAT (como responsable del Centro) y por el profesor/director del proyecto a cuyo cargo se envía, como solicitante y usuario del servicio.

El responsable de técnica recibirá la Orden de Cobro y el Cargo Interno correspondientes a los servicios prestados por el CAT, una vez visada la Orden de Cobro se devolverá al CAT. El Cargo Interno junto con la Memoria Explicativa correspondiente, se enviará al Servicio de Investigación, de tal forma que se generará un ingreso al CAT y un gasto al consumidor de los mismos, esto es: al profesor responsable del proyecto, al cuál se imputará el gasto.

Con este procedimiento no se generará un flujo interno de tesorería, sino sólo presupuestario (se minora el presupuesto del proyecto del profesor que solicita los servicios y se incrementan los ingresos del centro que los presta). La existencia de esa Orden de Cobro con el correspondiente Cargo Interno y Memoria Explicativa, permitirá al Servicio de Investigación justificar el gasto ante la entidad financiadora correspondiente, como si de cualquier otro tipo de factura se tratara.
 

4.     NORMAS PARA EL USO DE SERVICIOS CENTRALES DEL CENTRO DE APOYO TECNOLÓGICO POR EL PERSONAL INVESTIGADOR

Con objeto de optimizar, el uso de los servicios centrales del Centro de Apoyo Tecnológico (CAT) que requieren un técnico encargado del manejo de los equipos implicados se puede habilitar el uso de dichas técnicas por parte del personal investigador de la U.R.J.C., según las siguientes normas:

1. Justificación.

Los grupos de investigación que tengan interés en utilizar alguno de los servicios centrales del C.A.T. deben remitir una solicitud al director del centro justificando la necesidad y conveniencia de la autorización de uso del servicio y proponiendo las personas que utilizarían el mismo. La Comisión Permanente del CAT será la encargada de decidir dicha autorización del uso del equipo.

2. Fechas y horas de utilización.

La utilización de cualquier servicio central por parte del personal investigador queda restringida a días laborales y fuera del horario normal de los técnicos encargados de cada equipo. Los horarios concretos serán los turnos correspondientes a las dos tardes en las que no queda cubierto el servicio por el técnico, así como los turnos de 14:00 a 16:00 y de 18:00 a 20:00 horas de lunes a jueves.

Cuando por circunstancias excepcionales no esté disponible el técnico en el horario habitual (baja laboral, asistencia a cursos, etc.), la Comisión Permanente podría ampliar, de forma temporal, dicha autorización al horario convencional.

3. Condiciones y personal autorizado.

La autorización del personal investigador será emitida por la Comisión Permanente oída la opinión del Director del CAT y del técnico responsable del servicio implicado. En cada caso se estudiará la necesidad de realizar un curso previo a la autorización de uso o simplemente unas sesiones de demostración de la aptitud para manejar el/los equipos implicados. Tanto el curso como las sesiones de demostración serán realizados y supervisados, respectivamente, por personal cualificado del CAT.

Antes de emitir la autorización definitiva, los investigadores que accedan al uso de las diferentes técnicas pasarán un periodo de habilitación, cuya duración será estudiada en cada caso. Transcurrido dicho periodo, el técnico enviará un informe a la Comisión Permanente del CAT, para conceder la autorización definitiva.

Para cada servicio del CAT se establecerán unos plazos para realizar revisiones periódicas de las autorizaciones concedidas antes de proceder a su renovación. En caso de presentarse algún incidente de cualquier tipo, la Comisión Permanente puede revocar la autorización de uso en cualquier momento.

Podrá autorizarse a un máximo de dos personas por cada Grupo de investigación. Estas personas serán las encargadas de realizar los análisis de todo el personal investigador de su área. El personal autorizado deberá estar vinculado a la universidad bajo alguna de las formas legales estipuladas (profesor, fijo o contratado, estudiante de doctorado, becario postdoctoral, etc.). Además, deberá seguir las mismas normas, protocolos y recomendaciones de uso que se apliquen por parte de los técnicos encargados de cada servicio.

4. Responsabilidad.

El grupo de investigación al que pertenezca el usuario se responsabilizará económicamente de los posibles daños y de las averías que puedan causarse a los equipos, en esta modalidad de utilización, por un mal uso de los mismos, con objeto de restaurar el servicio al resto de usuarios en el menor tiempo posible.

5. Facturación y asignación de horas.

La distribución, control del tiempo de uso de los servicios y facturación por hora y/o muestra se realizará igual independientemente de si se utiliza el equipo con o sin técnico.

6. Cuaderno de laboratorio.

Todos los investigadores están obligados a cumplimentar el cuaderno de laboratorio de los equipos que utilizan de acuerdo con las indicaciones de los técnicos del CAT.