Normativa para la solicitud de la Convocatoria Extraordinaria Fin de Carrera para Titulaciones en Extinción de la Universidad Rey Juan Carlos

Aprobada en Consejo de Gobierno de 7 de octubre de 2011

Podrán solicitar Convocatoria Extraordinaria Fin de Carrera aquellos alumnos a quienes les falten para finalizar sus estudios un máximo de 18 créditos.

Los alumnos que soliciten esta Convocatoria Extraordinaria tienen que reunir una serie de condiciones:

  • La Convocatoria Extraordinaria Fin de Carrera tiene que solicitarla de todas las asignaturas que tenga pendientes para finalizar sus estudios.
  • Los créditos pendientes deben corresponder a asignaturas repetidas o cursadas en años anteriores.
  • Los estudios a finalizar debe haberse impartido completamente. Al menos, debe haberse titulado una promoción.
  • La convocatoria se computará en todo caso, por lo que, una vez solicitada, el alumno tendrá que hacer uso de la misma en el curso.
  • El alumno deberá estar al corriente del pago total de la matrícula.
  • No se aplicará este reglamento para las asignaturas voluntarias, por no ser necesarias para obtener el título.
  • La solicitud se presentará en el Registro de la Universidad Rey Juan Carlos, dirigida a la Secretaría de Alumnos del Centro.

En aquellas titulaciones en las que sea necesaria la superación de la asignatura Proyecto Fin de Carrera o Practicum, el alumno podrá solicitar la Convocatoria Extraordinaria Fin de Carrera en esta asignatura sin tener que cumplir el requisito de ser repetida, siempre y cuando sea la única que le quede para finalizar su titulación.

En caso contrario, es decir, que le resten además otra u otras asignaturas, deberá ajustarse a la normativa general.

Antes del último día establecido en cada curso académico como fecha límite para la realización de exámenes por convocatoria, el Centro remitirá a su Secretaría de Alumnos la relación de aquellos alumnos que presentarán el Proyecto Fin de Carrera en dicha convocatoria extraordinaria para facilitar el Acta correspondiente.

Los plazos se establecerán para cada curso académico y se publicarán con antelación suficiente para que los alumnos puedan realizar las solicitudes correspondientes.