Convocatoria Extraordinaria de Febrero – Fin de Carrera
(Comisión Gestora de 27 de diciembre de 2000)
Podrán solicitar la convocatoria de febrero-fin de carrera aquellos alumnos a quienes les falte para finalizar sus estudios un máximo de 18 créditos.
Condiciones:
- Los créditos deben corresponder a asignaturas repetidas o cursadas en años anteriores.
- La titulación a finalizar debe haberse impartido completamente. Al menos, debe haberse licenciado una promoción.
- La convocatoria se computará en todo caso, por lo que, una vez solicitada, el alumno podrá hacer uso de una más en el curso correspondiente.
- El alumno deberá estar al corriente del pago total de la matrícula.
- No se aplicará a asignaturas voluntarias, por no ser necesarias para obtener el título.
- Se solicitará en la Secretaría del Centro.
NOTA INFORMATIVA
En aquellas titulaciones en las que sea necesaria la superación de la asignatura Proyecto Fin de Carrera o Prácticum, el alumno podrá solicitar la convocatoria extraordinaria de febrero en esta asignatura sin tener que cumplir el requisito de ser repetida, siempre y cuando sea la única que le quede para finalizar su titulación.
En caso contrario, es decir, que le resten además otra u otras asignaturas, deberá ajustarse a la normativa general.
Antes del último día establecido en cada curso académico como fecha límite para la realización de exámenes por convocatoria (febrero, junio y septiembre), el Centro remitirá a su secretaría correspondiente la relación de aquellos alumnos que presentarán el Proyecto Fin de Carrera en dicha convocatoria para facilitar el Acta correspondiente.
La solicitud para la convocatoira extraordinaria de enero se presentará, en los plazos establecidos, en el registro del campus correpondiente.
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