Becas y Ayudas
1.-BECAS DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA
Convocatoria general
Becas de carácter general del Ministerio de Educación y Ciencia: son becas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado o de las Comunidades Autónomas que hayan asumido competencia en materia de regulación de becas de enseñanza superior.
Los impresos para la solicitud de beca se pueden adquirir en cualquier estanco y se presentarán, una vez cumplimentados, en los Centros docentes donde se vayan a cursar estudios en el momento de formalizar la matrícula.
La condición de becario da derecho a la exención de las tasas académicas de las asignaturas matriculadas en ese curso académico (no se tendrán en cuenta las asignaturas convalidadas o adaptadas).
Becas de movilidad
Al igual que las becas de carácter general, son becas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
El requisito fundamental para ser beneficiario de este tipo de beca es que el alumno curse sus estudios presenciales en Centros ubicados en una comunidad autónoma distinta a la de su domicilio familiar.
PROCEDIMIENTO
Alumnos que inicien estudios universitarios
Las becas para el curso académico 2002/2003, para alumnos que inicien estudios universitarios, están reguladas por el R.D. 2298/83, de 28 de julio, y la O.M. de 27 de febrero de 2002.
En el momento de la matrícula, los solicitantes que se acojan a la O.M. antes mencionada ya saben si reúnen los requisitos de carácter económico para disfrutar de la beca. Las acreditaciones de Ayudas y Becas al Estudio deberán efectuarse en el impreso oficial.
El alumno deberá cumplimentar el impreso de acreditación de acuerdo, estrictamente, con lo establecido en él. Una vez cumplimentado se entregará en la Universidad donde se realice la matrícula (ejemplar para la Universidad).
Las secretarías de los centros docentes procederán al estudio de las acreditaciones, subsanando o requiriendo la subsanación de las deficiencias que puedan apreciar en ellas.
Las acreditaciones de los alumnos que no reúnan las condiciones de la orden de convocatoria serán separadas de las restantes. Las denegaciones serán comunicadas directamente a los alumnos. Las solicitudes inicialmente estimadas serán mecanizadas según las instrucciones dadas en su momento.
Resto de alumnos
La tramitación de las solicitudes de becas y ayudas de los alumnos que se acojan a la convocatoria general o de movilidad se realizará de forma similar a los anteriores cursos académicos.
Como ya ocurrió en el curso académico 2000/2001, hay que distinguir entre las becas de renovación y las de nueva adjudicación.
Las solicitudes deberán efectuarse en el impreso oficial. El solicitante deberá cumplimentar el impreso de solicitud de ayudas al Estudios de acuerdo, estrictamente, con lo establecido en las instrucciones que figuran en dicho impreso.
Las secretarías de los centros docentes procederán al estudio de las solicitudes subsanando o requiriendo la subsanación de las deficiencias que puedan apreciar en ellas o en la documentación que las acompañe y cumplimentando la certificación de los datos académicos.
Las solicitudes de los alumnos que no reúnan las condiciones de las Órdenes de convocatoria serán separadas de las restantes y se comunicará la denegación al alumno. En esta convocatoria, para los alumnos de nueva adjudicación, no se podrá baremar la parte de rentas hasta recibir la respuesta de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria); por ello, después del proceso en la SGTI (Subdirección General de Tratamiento de la Información), se procederá a emitir las denegaciones. Las solicitudes que reúnan los requisitos serán codificadas y remitidas al MEC.
Rendimiento académico
NOTA MEDIA
Primera matrícula de primer curso: Nota de acceso a la Universidad
Restantes casos:
Enseñanzas Técnicas (Ingenierías): 4 puntos
Restantes estudios: 5 puntos
Cálculo de la nota media:
| Baremo |
| Matrícula de Honor: |
10 puntos |
| Sobresaliente: |
9 puntos |
| Notable: |
7,5 puntos |
| Aprobado o apto: |
5,5 puntos |
| Suspenso, no presentado o anulación de convocatoria: |
2,5 puntos |
Para el cálculo de la nota media, la puntuación que resulte de aplicar el baremo anterior a cada una de las asignaturas se ponderará en función del número de créditos que las integran, de acuerdo con la siguiente fórmula:
| PxNca/NCt |
| V: |
Valor resultante de la ponderación de la nota media obtenida en cada asignatura. |
| P: |
Puntuación de cada asignatura según el baremo |
| Nca: |
Número de créditos que integran la asignatura. |
| NCt: |
Número de créditos matriculados en el curso académico que se barema. |
Los créditos convalidados y adaptados no se tendrán en cuenta para el cálculo de la nota media.
Por regla general, no se tendrá derecho a beca en el caso de cambio de estudios con condición de becario. Cuando el cambio de estudios se produce sin condición de becario, ha de computarse el rendimiento académico que el alumno hubiera debido obtener en el último curso de los estudios abandonados.
Sólo se podrá disfrutar de la condición de becario durante dos años más de los establecidos en el correspondiente plan de estudios si se trata de Enseñanzas Técnicas Superiores (ingenierías), y un año más si se trata de los demás estudios universitarios.
MÁXIMO DE CRÉDITOS SIN APROBAR EN EL CURSO CORRESPONDIENTE
Enseñanzas Técnicas (ingenierías): 40% de los créditos matriculados.
Restantes estudios: 20% de los créditos matriculados
2.-CONVOCATORIA DE CARÁCTER ESPECIAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA (BECAS COLABORACIÓN)
Son becas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de carácter especial y destinadas a facilitar que los alumnos del último curso de estudios universitarios presten su colaboración en los Departamentos universitarios, en régimen de compatibilidad con sus estudios, iniciándose así en tareas de investigación directamente vinculadas con los estudios que están cursando.
Las solicitudes, según el modelo oficial, será facilitado por las universidades y se presentará en la Unidad de becas de la universidad donde el alumno esté cursando sus estudios.
3.-BECAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Las becas de la Comunidad de Madrid son ayudas con cargo a los presupuestos públicos de la Comunidad de Madrid destinadas a cubrir los precios públicos del concepto de matrícula para estudios universitarios en las universidades de la Comunidad de Madrid.
Estas becas se convocan por curso académico en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
4.-BECAS PARA PROGRAMAS DE INTERCAMBIO
La Rey Juan Carlos promueve dos programas de intercambio de estudiantes: el programa SICUE/SÉNECA, dentro del territorio nacional y el programa SÓCRATES/ERASMUS, en el entorno de la Unión Europea (más información en el Departamento de Relaciones Internacionales).
Becas SÓCRATES/ERASMUS
Los estudiantes seleccionados para una estancia ERASMUS, según la convocatoria correspondiente, pueden ser beneficiarios de una ayuda de movilidad de la Unión Europea. Estas ayudas de movilidad están destinadas tan sólo a cubrir los gastos ocasionados por el traslado y la diferencia de nivel de vida entre países.
En ningún caso cubre totalmente la manutención del estudiante.
Para complementar la ayuda de movilidad, la Rey Juan Carlos cubre gastos de viaje (en tarifa económica) de los estudiantes que lo soliciten. Asimismo, convoca Becas de Alojamiento para los mejores estudiantes con menores ingresos económicos.
Otras instituciones, como la Comunidad de Madrid y el Ministerio de Educación, convocan ayudas complementarias para los alumnos que se encuentren realizando una estancia en la UE.
Becas SÉNECA
Las estancias tendrán una duración mínima de tres meses y máxima de nueve, deberán realizarse en una universidad diferente, situada en una localidad distinta de la de origen y deberán hacer un cambio efectivo de residencia habitual.
Estas becas serán incompatibles con las becas interautonómicas para periodos superiores a seis meses.
Las universidades ubicadas en una Comunidad Autónoma con lengua cooficial podrán organizar las actividades que estimen oportunas para facilitar la preparación lingüística de los estudiantes procedentes de otras Comunidades Autónomas.
Becas GOYA/LEONARDO para prácticas en empresas europeas
La Universidad Rey Juan Carlos participa en varios programas Leonardo de la Unión Europea. Este programa de Formación Profesional financia becas para la realización de prácticas en empresas europeas. La UE financia, además, formación cultural e idiomática previa a la estancia de estos estudiantes o recién titulados.
Las convocatorias para los diversos programas Leonardo serán anunciadas en los tablones de anuncios y en la página Web de la Universidad Rey Juan Carlos.
Las becas Goya/Leonardo son un total de 350 becas para realizar prácticas de tres meses en empresas europeas.
La dotación de cada beca es de 1.375 €, aproximadamente, para el total de los 3 meses (incluye viaje, alojamiento y manutención). Además, la entidad promotora se encargará de gestionar un seguro para cada beneficiario de una beca.
Están cofinanciadas por el Programa Leonardo Da Vinci II y por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.
5.-BECAS DE COLABORACIÓN URJC
Las Becas de Colaboración de la URJC son ayudas otorgadas por la URJC a sus estudiantes con la finalidad de contribuir a la formación de los mismos en tareas vinculadas con sus estudios o relacionadas con la actividad administrativa, incorporándoles a un entorno de trabajo real mediante su colaboración en Servicios de la Universidad.
Estas becas las convoca la Universidad por curso académico (ver Reglamento).
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