Becas NUEVAS TECNOLOGÍAS
VIII Convocatoria becas de Apoyo a Proyectos de Investigación del Servicio de Tecnologías de la Información
| Resolución de becas de Nuevas Tecnologías
PERÍODO SEPTIEMBRE 2011 – JUNIO 2012 ( 10 MESES )
MOTIVACIÓN
Las necesidades actuales de la Universidad Rey Juan Carlos están requiriendo un alto grado de innovación, la realización de proyectos avanzados y de estudios prospectivos a corto plazo, con participación de personas con formación avanzada bajo la supervisión del Servicio de Tecnologías de la Información y en tareas de apoyo a la misma, en áreas como instalación y prueba de aplicaciones, desarrollo de servicios Web, o configuración y prueba de equipos. Igualmente, parece aconsejable aprovechar los conocimientos de los estudiantes de cursos avanzados de la Universidad Rey Juan Carlos para que apoyen en tales tareas, lo que redundará, sin duda, en su mejor formación.
En consecuencia, esta Servicio ha dispuesto:
Primero
Se convocan para el período Septiembre 2011 – Junio 2012 las becas de apoyo al Servicio de Tecnologías de la Información que se indican en el anexo I de la presente Convocatoria.
Segundo.- Requisitos de los candidatos
- a) Podrán solicitar esta ayuda aquellos estudiantes que no mantengan una relación laboral o administrativa con entidad pública o privada.
- b) Sólo podrán disfrutar de la beca aquellos estudiantes que acrediten estar matriculados, durante el curso académico 2011/2012, en algún centro oficial de la Universidad Rey Juan Carlos.
Tercero.- Dotación
La dotación económica mensual será de 615 €, siendo de aplicación el artículo 17.2 h) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.
Cuarto.- Plazo y formalización de solicitudes
Las solicitudes, según los modelos que figuran como anexo II de la presente Convocatoria, A RECOGER EN LAS SECRETARÍAS DE LAS FACULTADES O ESCUELAS, podrán presentarse en los Registros de la Universidad, dirigidas al Sr. Director del Servicio de Tecnologías de la Información, hasta el 20 de junio de 2011 (inclusive).
La solicitud se presentará acompañada de los siguientes documentos:
- 1.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante, o equivalente.
- 2.- Para alumnos de segundo y sucesivos cursos. Certificación académica.
- 3.- Los alumnos de primer curso deberán presentar fotocopia de la tarjeta de selectividad o, en su caso, de la certificación académica de Formación Profesional de segundo o equivalente. Los alumnos de primer año de titulaciones de 2º ciclo, deberán presentar certificado académico de la titulación que les dio acceso.
- 4.- La documentación necesaria para acreditar los requisitos específicos y demás condiciones que, según la modalidad de beca, se indican en el anexo I, así como la que el solicitante considere oportuna.
- 5.- Curriculum Vitae que especifique la formación técnica.
Quinto.- Condiciones de los beneficiarios
Para ser beneficiario de estas becas, los alumnos deberán reunir los requisitos específicos de la beca en cuestión.
Sexto.- Período y condiciones de disfrute
- El período de disfrute de la beca será el que figura en el título de la convocatoria
- Los alumnos que resulten beneficiarios de estas becas tendrán las siguientes obligaciones:
- a)Acreditar el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos para la concesión y disfrute de la ayuda.
- b)Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la ayuda. Esto incluirá la remisión ineludible de un informe mensual de las actividades, visado por el tutor correspondiente.
- c)Seguir durante el curso 2011/2012 por enseñanza oficial de la Universidad Rey Juan Carlos los estudios en los que se encuentran matriculados.
- d) Prestar su colaboración, durante 25 horas semanales (5 horas al día con carácter general) en el Área de Nuevas Tecnologías, sometiéndose al régimen de trabajo y horario que se establezca por el responsable de los mismos.
- 3.- En ningún caso, el disfrute de esta beca tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la Universidad Rey Juan Carlos, y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual laboral o administrativa con dicha Universidad, viniendo obligados los beneficiarios a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes del inicio de la percepción de la beca.
Séptimo.- Lista de Admitidos y Selección de Candidatos
1.- El Servicio de Tecnologías de la Información elaborará un listado nominal, que será expuesto en la web de la universidad con los solicitantes cuya documentación sea incompleta, con especificación del defecto a subsanar.
Para la subsanación de dichos defectos, se otorga un plazo de 3 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de los mencionados listados, finalizado el cual, el Servicio de Tecnologías de la Información examinará la documentación aportada en fase de subsanación y emitirá el listado completo de solicitudes admitidas y excluidas, indicando en este último caso las causas de exclusión.
2.- Para el estudio de las solicitudes presentadas y las propuestas de posibles becarios se constituirá una Comisión de Selección, presidida por el Director del Servicio de Tecnologías de la Información, y que incluirá a D. Miguel Ángel del Río y D. Juan Manuel Dévora.
3.- La Comisión de Selección tomará como puntuación base la nota media del expediente del solicitante tal y como aparece en el Certificado de Estudios (puntuación entre 0 y 2).
La nota se completará de la siguiente manera:
- Adaptación al perfil técnico asociado a cada proyecto según el curriculum vitae ( 0 a 4 puntos)
- Entrevista personal ( 0 a 4 puntos)
Para alumnos de primer curso de titulaciones de 2º Ciclo, se tendrá en cuenta la nota media del expediente de la titulación que les dio acceso.
4.- La Comisión de Selección formulará al Excmo.y Magfco. Sr. Rector de la Universidad la propuesta de concesión de estas becas, ordenadas según la puntuación total obtenida y dirimiendo los posibles empates.
5. - Si a lo largo del período de duración de la beca se produjera alguna vacante, esta será cubierta hasta el final de su duración, entre las solicitudes que no obtuvieron plaza, de acuerdo con la puntuación obtenida.
Octavo.- Recursos
La Resolución del Rector concediendo estas becas, que será publicada en los tablones de anuncios del Rectorado, y notificada personalmente a los beneficiarios, pondrá fin a la vía administrativa, y podrá ser objeto de Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid (C/ Gran Vía, 19), en el plazo de dos meses, sin perjuicio de que alternativamente pueda presentar en el plazo de un mes a partir de la notificación de la mencionada Resolución, recurso de reposición ante el Rector de esta Universidad de acuerdo con el Artículo 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999.
Noveno.- Renuncia
La renuncia a las becas concedidas, sin causa que lo justifique, apreciada por el Servicio de Tecnologías de la Información, supondrá la imposibilidad de poder volver a solicitar una ayuda de estas características en el futuro.
Décimo.-Revocación de las becas.-
1. La anulación de la matrícula, por la falta de pago de la misma o de alguno de sus plazos, supondrá la inmediata revocación de la beca y la obligación por parte del beneficiario de reintegrar a la Universidad la totalidad de las cantidades percibidas por dicho concepto, sin perjuicio de las acciones legales que pueda emprender aquélla por posible fraude. También supondrá inmediata revocación de la beca la pérdida de las circunstancias específicas que figuran como requisitos en la presente Convocatoria por parte del beneficiario, así como el no cumplimiento de las obligaciones especificadas en el artículo 6.2.
2. Los posibles casos de incumplimiento serán inmediatamente comunicados al Servicio de Tecnologías de la Información por los responsables de los centros o servicios, a efectos de la apertura de expediente y revocación, en su caso, de la beca concedida.
Undécimo
Los centros de la Universidad procurarán la máxima difusión de la presente convocatoria, exponiéndola en sus tablones de anuncios.
Duodécimo
Queda autorizado el Director de Tecnologías de la Información para aclarar las normas contenidas en la presente convocatoria, así como para dictar aquellas que sean precisas para su desarrollo.
Decimotercero
Los costes que dimanen de la presente convocatoria, se harán con cargo a la partida 483.00 de Servicios Generales, Nuevas Tecnologías y Promoción Informática (30.G1.NT)
Móstoles, a 17 de Mayo de 2011
Francisco Javier Nava García
Director del Servicio de Tecnologías de la Información
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