DIRECTRICES DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PREVIOS A LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS (Aprobadas por Consejo de Gobierno de fecha 27 de mayo de 2011)
Fechas para solicitar admisión para Requisitos Formativos Complementarios previos a la homologación de Títulos extranjeros en el curso 2025/2026
Plazo de solicitudes: del 3 de marzo al 30 de abril de 2025. Ambos inclusive.
Impreso de Preinscripción (imprimir y cumplimentar 2 copias)
El impreso de preinscripción así como el resto de la documentación, la puede entregar por medio de la sede electrónica de la URJC -dirigido al Servicio de Gestión Académica de Estudiantes de Grado -, o bien en cualquiera de los registros de la URJC
Dirección de correo electrónico para consultas de admisión para Requisitos Formativos Complementarios (homologación títulos extranjeros)
Fechas de matrícula: del 8 al 10 de septiembre de 2025 podrán realizar la matrícula en la secretaría de alumnos del campus correspondiente los estudiantes que hubieran resultado admitidos para realizar los requisitos formativos complementarios previos a la homologación de títulos extranjeros.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En cumplimiento de la normativa vigente, y ante la creciente movilidad de los estudiantes que ha sufrido un aumento importante tras la implantación del Espacio Europeo de Educación Superior, se ve necesario actualizar las Directrices para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios previos a la Homologación de títulos Extranjeros.
Debido a la implantación progresiva de las titulaciones de Grado, y la paulatina extinción de las titulaciones de Primer y Segundo Ciclo en la Universidad Rey Juan Carlos, sólo se podrá admitir a los estudiantes para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios en aquellas titulaciones de Grado que estén implantadas en su totalidad, y en aquellas titulaciones de primer y Segundo Ciclo que no se hayan extinguido, según la normativa vigente.
LEGISLACIÓN APLICABLE
Para el desarrollo de estas Directrices se tiene que tener en cuenta la siguiente normativa:
Art. 1 – ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes directrices serán de aplicación para las solicitudes de estudiantes con estudios universitarios extranjeros totales que, tras solicitar la homologación de su título en el Ministerio de Educación de España, tienen que realizar unos Requisitos Formativos Complementarios.
Art. 2 – PROCEDIMIENTO
2.1.- En el caso de que un estudiante tenga totalmente superados sus estudios universitarios en una universidad de un país extranjero, y quiera homologar su título de educación superior para que éste tenga validez en todo el territorio español, ha de solicitar la homologación al Ministerio de Educación (Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones).
2.2.- Si la homologación del título extranjero de educación superior ha quedado condicionada a la superación de unos Requisitos Formativos Complementarios, y el título oficial español que se pretende homologar es alguno de los que se imparten en la Universidad Rey Juan Carlos, el interesado presentará, en los plazos establecidos, junto con toda la documentación necesaria, la solicitud de admisión correspondiente a través del Registro General o a través de los registros Auxiliares de la Universidad Rey Juan Carlos, de acuerdo con lo establecido en estas directrices.
El plazo de presentación de solicitudes será establecido por la Universidad Rey Juan Carlos para cada curso académico, y publicado en la página Web.
2.3.- Si se trata de una titulación de primer y Segundo Ciclo no debe estar extinguida en su totalidad, y si se trata de una titulación de Grado debe estar totalmente implantada.
2.4.- Una vez recibida y estudiada la solicitud del estudiante para la realización de estos Requisitos Formativos Complementarios, el solicitante recibirá la resolución correspondiente en la que se comunicará si está o no admitido.
2.5.- En el caso de estar admitido, el estudiante tendrá que realizar la matrícula en la secretaría de alumnos del campus en el que se impartan los estudios de los cuales tiene que realizar los Requisitos Formativos Complementarios, y abonar las tasas correspondientes.
2.6.- Una vez realizada la matrícula, el estudiante se dirigirá al Decanato de la Facultad o a la Dirección de la Escuela para que le informen de la composición del Tribunal Calificador, y le faciliten las pautas para poder presentarse a la prueba correspondiente para superar estos Requisitos Formativos Complementarios.
2.7.- Cuando las calificaciones sean firmes, el Vicerrectorado de Estudiantes enviará al Ministerio de Educación, para su incorporación a los respectivos expedientes, el acta de calificaciones de cada uno de los aspirantes evaluados, una vez hayan superado la totalidad de las materias objeto de los requisitos formativos complementarios, y con los resultados obtenidos.
Art. 3 – RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
3.1.- Finalizadas las pruebas de los Requisitos Formativos Complementarios, el Tribunal Calificador presentará en la secretaría de alumnos del campus correspondiente el acta de calificación de los estudiantes matriculados, firmada por todos los miembros del mismo, con los resultados obtenidos con la calificación de “apto” o “no apto”.
3.2.- La Facultad o Escuela comunicará la calificación obtenida a los interesados, y la calificación final de “apto” o “no apto” en los Requisitos Formativos Complementarios.
3.3.- En el supuesto de que la prueba no sea superada, o sólo sea superada parcialmente, el interesado podrá completar la total superación de la misma en sucesivas convocatorias. No obstante una vez agotadas las convocatorias anuales, el estudiante podrá presentarse en posteriores cursos académicos volviendo a realizar los trámites establecidos en estas directrices.
En cuestión de matrícula, convocatorias y permanencia, el estudiante se tendrá que regir por lo establecido en la normativa vigente, tanto la normativa general, como la propia de la Universidad Rey Juan Carlos.
3.4.- Una vez publicada el acta, los interesados podrán solicitar un certificado individual que acredite el resultado de las pruebas, previo pago de los correspondientes precios públicos.
Art. 4 – RECLAMACIONES
4.1.- En el caso de no ser admitido para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios, el estudiante podrá presentar la reclamación correspondiente ante el Vicerrectorado de Estudiantes, en el plazo establecido en la carta de resolución a su petición.
4.2.- El estudiante que realice la prueba correspondiente a los Requisitos Formativos Complementarios, una vez le sean comunicadas las calificaciones, podrá formular las reclamaciones que estimen oportunas, aplicándose al respecto el procedimiento de revisión y reclamación de la Universidad Rey Juan Carlos, con las adaptaciones que sean precisas dada la especificidad de estas pruebas.
Art. 5 – ESTRUCTURA DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS
5.1.- Cada año la Universidad Rey Juan Carlos establecerá cuales de los Requisitos Formativos Complementarios establecido por el Ministerio de Educación realizará.
5.2.- Los Requisitos Formativos Complementarios versarán sobre la totalidad de las asignaturas en las que se organicen las materias troncales establecidas en los Reales Decretos reguladores de las directrices generales propias de los planes de estudios de cada título universitario al que se solicite la homologación.
5.3.- La fecha y lugar para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios serán fijadas por el centro correspondiente.
5.4.- Los diferentes Centros de la Universidad Rey Juan Carlos deberán tener disponible los programas objeto de realización de requisitos formativos complementarios.
5.5.- Quienes hayan realizado Requisitos Formativos Complementarios en otra Universidad, y deseen presentarse en la Universidad Rey Juan Carlos, deberán presentar por escrito la solicitud correspondiente, indicando que han realizado Requisitos Formativos Complementarios en otra Universidad.
Una vez autorizado el acceso solicitarán de la Universidad de origen la remisión de su expediente a la Universidad Rey Juan Carlos, al Servicio de Gestión Académica de Estudiantes de Grado, en el que se indicará como mínimo las materias superadas en la universidad de procedencia, con indicación de las convocatorias agotadas, así como la Resolución del Ministerio que condiciona su homologación a la superación de estos Requisitos Formativos Complementarios.
Art. 6 – PLAZOS
6.1.- El plazo de presentación de solicitudes de la admisión para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios será establecido por la Universidad Rey Juan Carlos para cada curso académico, y publicado a través de la página Web de la universidad una vez aprobado el mismo.
6.2.- La resolución favorable de admisión para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios quedará sin efecto si el interesado no formaliza la matrícula en el curso académico en el que le fue concedida.
6.3.- Quienes no presenten los documentos requeridos, en las condiciones, forma y plazos establecidos serán excluidos de la convocatoria para la realización de los Requisitos Formativos Complementarios.
Art. 7 – DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
7.1.- La documentación a presentar por el interesado es la siguiente:
7.2.- Para los estudiantes que no sean nacionales de Estados que tengan como lengua oficial el castellano, la Universidad Rey Juan Carlos podrá establecer la prueba de idioma que consideren oportuna.
Art. 8- TRIBUNAL CALIFICADOR
8.1.- Al comienzo de cada curso académico el Decano de cada Facultad o el Director de cada Escuela de la Universidad Rey Juan Carlos deberá nombrar un Tribunal Calificador.
8.2.- El Tribunal Calificador estará constituido por cinco docentes numerarios que pertenezcan a aquellas áreas de conocimiento con las que se encuentren vinculadas las materias del título solicitado. Siempre que sea posible, cada uno de los miembros pertenecerá a un área diferente. En todo caso, y como máximo, podrá haber dos miembros de la misma área de conocimiento en el Tribunal.
8.3.- Para que el Tribunal Calificador actúe válidamente deberán estar presentes al menos tres de sus miembros, siendo uno de ellos el Presidente.
8.4.- Las decisiones del Tribunal Calificador se adoptarán por mayoría simple.
8.5.- El Tribunal Calificador comunicará al Decanato de la Facultad o a la Dirección de la Escuela la resolución adoptada por el Tribunal Calificador, y los resultados de cada uno de los interesados, para que desde la Facultad o Escuela se informe a los interesados.
Así mismo, el Tribunal Calificador presentará, en la secretaría de alumnos del centro, el acta de calificación de los estudiantes matriculados en los Requisitos Formativos Complementarios, firmada por todos los miembros, con el resultado y la calificación de “apto” o “no apto”.
DISPOSICIONES ADICIONALES
La presente resolución y los actos administrativos derivados de su aplicación podrán ser impugnados en los plazos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos
Legislación Aplicable
Acceso a la plataforma de preinscripción para el curso 2025/26 (Del 6 al 27 de junio)
INFORMACIÓN RELACIONADA
Calendario de preinscripción 2025-26
Oferta de titulaciones 2025-26
Centros adscritos a la Universidad Rey Juan Carlos
Anulación de solicitud de admisión (presentación a través de registro electrónico)
Podrán solicitar admisión por esta vía los estudiantes que hayan superado la prueba para mayores de 40 años en la Universidad Rey Juan Carlos.
Los estudiantes que hayan superado la prueba para mayores de 40 años, podrán solicitar admisión en aquellas titulaciones para las que obtuvieron una calificación igual o superior a cinco puntos.
Se reservará un 1% del total de las plazas ofertadas.
Solo podrán solicitar admisión en la fase ordinaria de preinscripción.
Documentación a aportar
La documentación deberá adjuntarse telemáticamente. Durante el curso académico, se solicitará la presentación física de la documentación que no pueda ser comprobada como válida digitalmente.
No se admitirán documentos provisionales, borradores o sin validez legal.
Acceso a la plataforma de preinscripción para el curso 2025/26 (Del 6 de junio al 7 de julio a las 14:00)
INFORMACIÓN RELACIONADA
Acuerdo sobre procedimiento de admisión 2025-26
Calendario de preinscripción 2025-26
Materias susceptibles de ponderar en Grados y Dobles Grados de la URJC 2025-26
Simulador de nota de admisión
Notas de corte cupos reserva 2024-25
Centros adscritos a la Universidad Rey Juan Carlos
Anulación de solicitud de admisión (presentación a través de registro electrónico)
Podrán solicitar admisión por esta vía los siguientes estudiantes siempre que estén en posesión de una acreditación emitida por UNEDasiss en la que figure la modalidad de bachillerato:
Los estudiantes con nacionalidad de países no hispanohablantes que además procedan del sistema educativo de un país cuya lengua no sea el español, deberán acreditar un nivel B2 en español, excepto en el Grado en Traducción e Interpretación que exigirá un nivel C1 en español.
Los estudiantes que acceden por este cupo pertenecen al grupo 1 en las notas de corte.
Cómo obtener la acreditación
Documentación a aportar
La documentación deberá adjuntarse telemáticamente. Durante el curso académico, se solicitará la presentación física de la documentación que no pueda ser comprobada como válida digitalmente.
No se admitirán documentos provisionales, borradores o sin validez legal.
Porcentaje de cupos de reserva
Los estudiantes que reúnan los requisitos para solicitar admisión por más de una vía de acceso -general y/o porcentaje de reserva- podrán optar, a efectos de preinscripción, por una de entre las varias posibles, a su elección, pero únicamente por una de ellas.
Las plazas reservadas a Deportistas de Alto Nivel/Alto Rendimiento, así como a Personas con Discapacidad que queden sin cubrir, se mantendrán hasta la convocatoria extraordinaria.
Acceso a la plataforma de preinscripción para el curso 2025/26 (Del 6 al 27 de junio)
INFORMACIÓN RELACIONADA
Calendario de preinscripción 2025-26
Oferta de titulaciones 2025-26
Centros adscritos a la Universidad Rey Juan Carlos
Anulación de solicitud de admisión (presentación a través de registro electrónico)
Los candidatos podrán realizar la prueba de acceso para mayores de 25 años en la universidad de su elección, siempre que existan en ésta los estudios que deseen cursar, correspondiéndoles preferentemente, a efectos de ingreso, la universidad en la que hayan superado la prueba.
Los estudiantes que hayan aprobado la prueba de mayores de 25 años en cursos anteriores a 2010, solo podrán solicitar plaza en la Universidad donde realizaron las pruebas.
Se reservará un 3% del total de las plazas ofertadas.
Los estudiantes pertenecientes a este grupo deberán presentar una preinscripción en cada universidad en la que deseen solicitar plaza.
Solo podrán solicitar admisión en la fase ordinaria de preinscripción.
Documentación a aportar
La documentación deberá adjuntarse telemáticamente. Durante el curso académico, se solicitará la presentación física de la documentación que no pueda ser comprobada como válida digitalmente.
No se admitirán documentos provisionales, borradores o sin validez legal.
Acceso a la plataforma de preinscripción para el curso 2025/26 (Del 6 al 27 de junio)
INFORMACIÓN RELACIONADA
Acuerdo sobre procedimiento de admisión 2025-26
Calendario de preinscripción 2025-26
Materias susceptibles de ponderar en Grados y Dobles Grados de la URJC 2025-26
Simulador de nota de admisión
Notas de corte cupos reserva 2024-25
Centros adscritos a la Universidad Rey Juan Carlos
Anulación de solicitud de admisión (presentación a través de registro electrónico)
PAU (Prueba de Acceso a la Universidad)
Estudiantes que han superado las pruebas de acceso a la universidad (PAU, EvAU, EBAU, Selectividad, etc.), desde el curso 1974-75
Sistemas educativos españoles anteriores
Estudiantes que hayan supertado COU anterior al curso 1974-75, Preuniversitario o Examen de estado:
Documentación a adjuntar
Los estudiantes con PAU/EvAU realizada a partir de 2010 en la Comunidad de Madrid están exentos de presentar la siguiente documentación.
La documentación deberá adjuntarse telemáticamente a través de la plataforma de preinscripción. Durante el curso académico, se solicitará la presentación física de la documentación que no pueda ser comprobada como válida digitalmente.
No se admitirán documentos provisionales, borradores o sin validez legal.
Documentación adicional
La documentación deberá adjuntarse telemáticamente a través de la plataforma de preinscripción. Durante el curso académico, se solicitará la presentación física de la documentación que no pueda ser comprobada como válida digitalmente.
No se admitirán documentos provisionales, borradores o sin validez legal.
Porcentaje de cupos de reserva
Los estudiantes que reúnan los requisitos para solicitar admisión por más de una vía de acceso -general y/o porcentaje de reserva- podrán optar, a efectos de preinscripción, por una de entre las varias posibles, a su elección, pero únicamente por una de ellas.
Las plazas reservadas a Deportistas de Alto Nivel/Alto Rendimiento, así como a Personas con Discapacidad que queden sin cubrir, se mantendrán hasta la convocatoria extraordinaria.
Resultados de las Pruebas específicas/Prueba de nivel de idioma fase ordinaria 2025-26
Para los estudios con prueba específica de acceso o prueba de nivel de idioma es preciso realizar y superar la misma con la calificación de APTO. La superación de la prueba de acreditación de idioma no da derecho a la obtención de diploma o certificación de nivel de idioma ni presupone la admisión automática en estos Grados, ya que los criterios de valoración y prioridades para la selección de los estudiantes que resulten APTOS serán los mismos que para el resto de estudios. La calificación de APTO en una prueba específica o prueba de nivel de idioma tendrá una validez de tres cursos académicos.
Fecha y lugar para la realización de las pruebas
Solicitud de prueba específica/prueba de nivel de idioma (La solicitud, junto al justificante de pago de las tasas, deberán adjuntarse en la plataforma de preinscripción antes del 20 de junio a las 14:00)
Características de las pruebas de los grados con prueba específica
Grado en Artes Visuales y Danza (Fuenlabrada)
Grado en Composición Musical (TAI)
Grado en Composición Musical (Inglés) (TAI)
Grado en Artes Escénicas-Interpretación Audiovisual (TAI)
Grado en Artes Escénicas-Interpretación Audiovisual (Inglés) (TAI)
Grado de Fotografía y Creación Audiovisual (TAI)
Grados con prueba de nivel de idioma
Grado en Traducción e Interpretación
Documentación a aportar
La documentación deberá adjuntarse telemáticamente a la preinscripción. Durante el curso académico, se solicitará la presentación física de la documentación que no pueda ser comprobada como válida digitalmente.
No se admitirán documentos provisionales, borradores o sin validez legal.
Tasas de acreditación de prueba específica/prueba de nivel de idioma
En caso de tener derecho a algún tipo de descuento o exención en el importe de las tasas, deberá adjuntar la documentación acreditativa de dicho descuento/exención telemáticamente al realizar su preinscripción.
Responsable: Juan Carlos Miangolarra Page Dirección: Avda. Atenas s/n. 28922 Alcorcón Edificio Dpal II, 1ª Planta Departamento: Fisioterapia, Terapia Ocupacional, Rehabilitación y Medicina Física Teléfono: 914 888 913 914 888 913. Fax: 914 888 957 |
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Responsable: Enric Saperas Lapiedra Dirección: Campus de Fuenlabrada. Laboratorio 002-003, Cº del Molino s/n. 28943 Departamento: Ciencias de la Comunicación 2 Teléfono: 91 488 7309 |
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