Acción Social

Por Acción Social se ha de entender el conjunto de ayudas y actividades establecidas por la Universidad, orientadas a la mejora de la calidad de vida, a la atención de las necesidades sociales y al desarrollo individual de sus empleados y familiares.

En la actualidad, los beneficios sociales objeto de la acción social de las universidades públicas de la Comunidad de Madrid se encuentran regulados en el artículo 22 del Capítulo 10 del II Acuerdo sobre las Condiciones de Trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario de las Universidades Públicas de Madrid,  en el artículo 91 del Título XIII del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid y en el apartado cuarto del Acuerdo General sobre Formación, Acción Social, Salud Laboral y Derechos Sindicales, Anexo al I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con Vinculación Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid.