Libre Elección
Para el curso académico 2009/2010, se podrán reconocer como créditos de Libre Elección las asignaturas ofertadas y cursadas en la Universidad de Valladolid, en el Campus de Segovia, como asignaturas de libre elección. El número de créditos reconocidos serán los que tenga la asignatura cursada y superada
Existe la tradición en las Universidades Españolas de propiciar la convalidación de los créditos que se realizan por los alumnos en actividades propias o ajenas a la Universidad como créditos de libre elección y dado el volumen de actividades que se realizan en nuestra Universidad, el Vicerrectorado de Profesorado, Titulaciones, Ordenación Académica, Coordinación y Campus, con el objeto de regular y unificar los criterios para la convalidación de dichos créditos, establece la siguiente normativa.
Para que pueda producirse el reconocimiento de créditos de libre elección en razón de las actividades realizadas, se establece la siguiente clasificación:
1º. Actividades de Extensión Universitaria organizadas por el Vicerrectorado de Extensión Universitaria, las Facultades o Escuelas, los Departamentos, Centros o cualquier otro Órgano o Institución de la Universidad Rey Juan Carlos, para su convalidación será necesario:
- El Director del proyecto presentará el programa de la actividad al Vicerrector de Ordenación Académica, con el visto bueno del órgano proponente, en el plazo de 15 días se contestará a las solicitudes, de ser negativa debe ser motivada, pudiendo en este caso presentarlo para su aprobación al Consejo de Gobierno.
- Se podrá conceder un crédito por cada diez horas de actividad realizada.
- Será necesaria una certificación del seguimiento de la actividad por el Responsable del mismo.
2º. Cursos de Verano de la Universidad Rey Juan Carlos.
- Serán solicitadas por el Director de los Cursos de Verano al Vicerrectorado de Profesorado, Titulaciones, Ordenación Académica, Coordinación y Campus.
- Se concederán dos créditos por Curso, y un crédito en el caso de Encuentros
3º. Por Actividades Deportivas.
Según el Plan de Fomento del Deporte aprobado por el Consejo de Gobierno de Facultad en la Universidad Rey Juan Carlos, se otorgarán por equivalencia a créditos de libre elección un número de créditos determinado a aquellos que sigan las actividades deportivas teórico-prácticas propuestas por la Universidad Rey Juan Carlos.
Para ello, algunas de las actividades deportivas se constituirán como actividades académicas de carácter teórico-práctico asimiladas a otras enseñanzas de libre configuración. La denominación genérica de este tipo de actividad académica será la de “Teoría y Práctica del Deporte”.
El número de créditos reconocidos será, para aquellos alumnos que lleguen a participar en los equipos que disputen competiciones ínter universitarias y los considerados por la Universidad como deportistas de alto nivel en el ámbito de nuestra universidad, es decir, aquellos deportistas que consigan medalla en la competición interuniversitaria de Madrid o de España en deportes individuales, de tres por curso, para los que participen en las competiciones internas, de dos por curso, siempre que pertenezcan al equipo campeón de la competición interna de que se trate.
Las certificaciones para obtener los créditos antes descritos las realizará el Servicio de Deportes previo informe de los entrenadores de los equipos que participan en las competiciones interuniversitarias, el nivel mostrado por nuestros deportistas en las competiciones interuniversitarias individuales (punto 4º del Anexo 1), y según lo dispuesto en el reglamento de competiciones internas, para aquellos alumnos que solo participen en éstas.
Las normas para la obtención de los créditos deportivos son las siguientes:
- Seguimiento de las enseñanzas teóricas impartidas para un mejor conocimiento de los fundamentos de la practica deportiva. Los retrasos o ausencias a las enseñanzas teóricas previstas serán avisados al entrenador con al menos un día de antelación (salvo casos de fuerza mayor).
- Asistencia a los entrenamientos: Los seleccionados tienen obligación de asistir a los entrenamientos previstos. Los retrasos o ausencias a los entrenamientos serán avisados al entrenador con al menos un día de antelación (salvo casos de fuerza mayor). La ausencia injustificada a cuatro entrenamientos puede suponer la expulsión del equipo.
- Asistencia a los partidos: Los seleccionados tienen la obligación de asistir a todos los partidos a los que hayan sido convocados. La ausencia injustificada a uno de estos partidos puede suponer la expulsión del equipo. El control de asistencias y de los entrenamientos y partidos corresponde a cada entrenador, eligiendo éste el/los sistema/s para ello.
- Representación de la universidad: Representar a la Universidad en los torneos, eventos y actividades que la Universidad programe.
- Equipación y material: Hacer buen uso de la equipación, material e instalaciones.
- Acreditación como seleccionado: Todos los componentes de las selecciones deberán tener un carnet que los acredite como tales para poder beneficiarse de todas las ventajas.
Asímismo, se concederán dos créditos por curso a aquellos alumnos que sigan las enseñanzas impartidas en las Escuelas Deportivas de la Universidad Rey Juan Carlos durante, al menos un cuatrimestre, solicitando para ello el Servicio de Deportes informe al efecto al monitor de la actividad de que se trate.
Al principio de cada curso académico, el Vicerrectorado competente en la materia presentará la propuesta de actividades y alumnos afectados por el Plan de Fomento del Deporte para ese curso al Vicerrectorado de Profesorado, Titulaciones, Ordenación Académica, Coordinación y Campus para su aprobación por el Consejo de Gobierno.
4º. Por Actividades en el Aula de Teatro y en la Orquesta de Cámara y el Coro de la Universidad Rey Juan Carlos.
Por la participación en estas actividades culturales de la Universidad se podrán obtener un máximo de tres créditos de libre elección por curso académico.
Las certificaciones para obtener los créditos antes descritos las realizará el Servicio de Extensión Universitaria, previo informe de los responsables de cada una de las actividades, para aquellos alumnos que participen en ellas.
Será necesario para el reconocimiento de dichos créditos, previo informe del Vicerrectorado de Profesorado, Titulaciones, Ordenación Académica, Coordinación y Campus, su aprobación por el Consejo de Gobierno.
5º. Actividades formativas organizadas por otras Instituciones
El seguimiento de actividades académicas o culturales organizadas por otras instituciones podrá reconocerse a efectos de convalidación de créditos de libre elección, a razón de un crédito por cada diez horas.
Para este reconocimiento se requerirá:
- Propuesta realizada por cualquier Órgano o Institución de la Universidad Rey Juan Carlos.
- Informe del Vicerrectorado de Profesorado, Titulaciones, Ordenación Académica, Coordinación y Campus.
- Aprobación por el Consejo de Gobierno.
6º. Colaboraciones Técnicas.
La participación en actividades de colaboración con los equipos deportivos, grupos de trabajo, en actividades propuestas por la Universidad, laboratorios, voluntariado, comunicación, y divulgación de la ciencia y tecnología, etc….podrá reconocerse a efectos de convalidación de créditos de libre elección. Para este reconocimiento se necesitará:
- a. Propuesta del órgano o institución responsables de la actividad.
- b. Certificación del responsable de la actividad, equipo, laboratorio, departamento, etc…
- c. Informe del Vicerrector de Ordenación Académica.
- d. Aprobación por el Consejo de Gobierno.
7º. Colaboraciones con organizaciones formativas que mantengan convenios con la Universidad
La participación en actividades organizadas en otras instituciones con las que la Universidad Rey Juan Carlos mantenga convenios específicos podrá reconocerse a efectos de convalidación de créditos de libre elección. Para su reconocimiento se necesitará:
- Propuesta de la Institución, con la que exista convenio.
- Certificación del representante de la Universidad ante dicha Institución.
- Informe del Vicerrectorado de Profesorado, Titulaciones, Ordenación Académica, Coordinación y Campus.
- Aprobación por el Consejo de Gobierno.
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